III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Deuda del Estado. (BOE-A-2021-11030)
Orden ETD/705/2021, de 23 de junio, por la que se autoriza la segregación y reconstitución de determinados Bonos y Obligaciones del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 157

Viernes 2 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 79289

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS
Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
11030

Orden ETD/705/2021, de 23 de junio, por la que se autoriza la segregación y
reconstitución de determinados Bonos y Obligaciones del Estado.

La Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, señala en los
artículos 98 y 99 que corresponde al Ministro de Economía la facultad de autorizar la
separación de cupones y principal a efectos de su negociación, así como la
reconstitución de valores a partir de aquellos. Dicha facultad ha sido delegada en la
actual Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional en virtud del apartado
c del artículo 9 de la Orden ECC/1695/2012, de 27 de julio, de delegación de
competencias.
El Bono a 3 años de cupón 0,00% y vencimiento 31 de mayo de 2024, fue emitido en
enero de 2021 y pagó un primer cupón el 31 de mayo de 2021, que por motivos técnicos
es una medida necesaria para declararlo segregable
La Obligación a 10 años de cupón 0,10% y vencimiento 30 de abril de 2031, fue
emitida en enero de 2021 y pagó un primer cupón el 30 de abril de 2021, que por
motivos técnicos es una medida necesaria para declararlo segregable
Todas las anteriores referencias cuentan con un saldo superior a los 5.000 millones
de euros, que se considera suficiente para garantizar su liquidez.
Por lo que antecede, en uso de las citadas competencias, dispongo:
1. Autorizar las operaciones de segregación y reconstitución sobre el Bono a 3
años de cupón 0,00% y vencimiento 31 de mayo de 2024.
2. Autorizar las operaciones de segregación y reconstitución sobre la Obligación
a 10 años de cupón 0,10% y vencimiento 30 de abril de 2031.
3. Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado.

cve: BOE-A-2021-11030
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 23 de junio de 2021.–La Ministra de Asuntos Económicos y Transformación
Digital, P.D. (Orden ECC/1695/2012, de 27 de julio), el Secretario General del Tesoro y
Financiación Internacional, P.S. (Orden ECC/1695/2012, de 27 de julio), el Subdirector
General de Gestión de la Deuda Pública, Álvaro López Barceló.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X