II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA. Cuerpo Técnico de Hacienda. (BOE-A-2021-10848)
Resolución de 24 de junio de 2021, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se publica la relación de aprobados en la fase de oposición y en las fases de oposición y concurso, de los procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Técnico de Hacienda, convocados por Resolución de 20 de diciembre de 2019.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 155

Miércoles 30 de junio de 2021

Sec. II.B. Pág. 78070

Sexto.
El curso selectivo, salvo que las circunstancias lo impidan, se desarrollará de forma
presencial, sin perjuicio de la utilización de herramientas tecnológicas y sistemas de
formación online complementarios.
La celebración del mismo se llevará a cabo en dos sedes: Madrid y Barcelona. Los
aspirantes elegirán sede y turno (mañana o tarde) según el orden de puntuación en la
fase de oposición o concurso-oposición, comenzando por todos los aspirantes de
promoción interna. El criterio de adjudicación será, en primer lugar, la sede elegida por el
aspirante y, subsidiariamente, el turno.
Los aspirantes de promoción interna cuyo domicilio del centro de trabajo esté situado
en la comunidad autónoma de Madrid, deberán realizar el curso en la sede de Madrid,
sin perjuicio de que puedan elegir turno. Los aspirantes cuyo domicilio de su centro de
trabajo esté situado en la provincia de Barcelona deberán realizar el curso selectivo en la
sede de Barcelona, sin perjuicio de que puedan elegir turno.
Los aspirantes que accedan a una de las plazas reservadas a personas con
discapacidad, se incorporarán en el turno por el que accedan (libre o de promoción
interna) según su puntuación.
Las instrucciones para la elección de sede se publicarán en la página web del
Instituto de Estudios Fiscales que se puede consultar utilizando el siguiente enlace:
https://www.ief.es/docs/destacados/procselectivos/NuevoIngreso/CTH_XXPromocion.pdf.
Séptimo.
La petición de destinos deberá efectuarse una vez finalizado el curso selectivo
utilizando exclusivamente medios electrónicos, de acuerdo con lo establecido en la
base 2 de la convocatoria, previa publicación de la oferta de los mismos en la Sede
Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Octavo.
Finalizado el proceso selectivo y a propuesta de la Presidenta de la Agencia Estatal
de Administración Tributaria, los que hayan superado aquél, cuyo número no podrá
exceder en ningún caso al de plazas convocadas, serán nombrados funcionarios de
carrera mediante resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública, que se
publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en la que se indicará el destino adjudicado.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá
interponer potestativamente recurso de reposición ante la Presidenta de la Agencia
Estatal de Administración Tributaria en el plazo de un mes contado desde el día siguiente
al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados
Centrales de lo Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses, contado asimismo
desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En
caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer un recurso
contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya
producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

cve: BOE-A-2021-10848
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Noveno.