III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2021-10855)
Resolución de 21 de junio de 2021, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se publica el Convenio con la Asociación Cesal, para la colaboración en el mantenimiento y despliegue del hospital EMT2 Start en emergencias humanitarias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 155

Miércoles 30 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 78116

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
10855

Resolución de 21 de junio de 2021, de la Dirección de la Agencia Española
de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se publica el
Convenio con la Asociación Cesal, para la colaboración en el mantenimiento
y despliegue del hospital EMT2 Start en emergencias humanitarias.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y una vez que ha sido inscrito en el
Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector
Público Estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Convenio
entre la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo y la
Asociación Cesal para la colaboración en el mantenimiento y despliegue del hospital
EMT2 Start en emergencias humanitarias, cuyo texto figura como anexo a esta
resolución.
Madrid, 21 de junio de 2021.–El Director de la Agencia Española de Cooperación
Internacional para el Desarrollo, Magdy Esteban Martínez Solimán.
ANEXO
Convenio entre la Agencia Española de Cooperación Internacional para el
Desarrollo y la Asociación Cesal, para la colaboración en el mantenimiento y
despliegue del hospital EMT2 Start en emergencias humanitarias

Las partes se reconocen capacidad jurídica suficiente para suscribir en nombre de
sus respectivas entidades el presente Convenio, y a tal efecto,
EXPONEN
I
Que la Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo se
establecen los principios, objetivos, prioridades e instrumentos de la política internacional
para el desarrollo, incluyendo entre ellos la ayuda humanitaria. El artículo 3 de dicha ley

cve: BOE-A-2021-10855
Verificable en https://www.boe.es

De una parte, Magdy Esteban Martínez Solimán, en nombre y representación de la
Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (en adelante, AECID),
con domicilio en avda. Reyes Católicos, 4, 28040, Madrid, y NIF Q2812001B, actuando
en calidad de Director de la misma, en virtud del nombramiento acordado por el Consejo
Rector de la AECID en su reunión de 28 de julio de 2020 (BOE núm. 260, de 30 de julio),
y de acuerdo con las competencias delegadas por la Presidencia de la AECID mediante
Resolución de 2 de julio de 2009 (BOE núm. 183, de 30 de julio, páginas 65217
a 65219).
De otra parte, la Organización no Gubernamental de Desarrollo (ONGD) Asociación
Cesal sita en la calle Siena, 15, bajo, 28027 Madrid, con identificación fiscal G78919271,
inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones (78874) y Registro de Organizaciones
no Gubernamentales de Desarrollo de la AECID (n.º registro 34), representada por Marta
Hernández Pérez, en calidad de Presidenta, según consta en el Registro Nacional de
Asociaciones y, conforme a las atribuciones establecidas en los Estatutos de la
Asociación CESAL.