II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2021-10851)
Resolución de 17 de junio de 2021, de la Universitat de València, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso, por el sistema general de acceso libre, a la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos (Subgrupo A2).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 155
Miércoles 30 de junio de 2021
Sec. II.B. Pág. 78109
30. El libro y las bibliotecas hasta la invención de la imprenta.
31. Invención y difusión de la imprenta. Los incunables.
32. Historia del libro y las bibliotecas desde el S. XVI al S. XVIII.
33. Fondo bibliográfico patrimonial en la Universitat de València.
34. El libro y las bibliotecas desde el siglo XIX hasta la actualidad.
35. El archivo. Principios generales de organización. Sistemas de clasificación y
ordenación de documentos. Los cuadros de clasificación.
36. El archivo. Descripción archivística: guías, inventarios, catálogos e índice. La
norma ISAD (G).
37. Los archivos universitarios. Producción y gestión documental. El archivo de la
Universitat de València.
38. Legislación española sobre protección de datos, su implicación en la gestión
bibliotecaria.
39. Legislación española sobre patrimonio artístico, bibliográfico y documental.
40. Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las
disposiciones legales vigentes sobre la materia.
Nota: La normativa legal que ampara el contenido de estos temas será la que se
encuentre en vigor en el momento de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín
Oficial del Estado» (BOE).
ANEXO IV
Órgano técnico de selección
El órgano técnico de selección para estas pruebas selectivas estará compuesto por
cinco miembros, con voz y voto, nombrados por la rectora o el rector:
a) La presidencia y el secretario o la secretaria, y su suplencia, que designa la
rectora o el rector entre el personal funcionario de la comunidad universitaria.
b) Un/una vocal, y su suplencia, que designa la rectora o el rector, preferentemente
entre el personal de la misma escala o las escalas superiores a la de la convocatoria.
c) Un/una vocal, y su suplencia, que se elige por sorteo, preferentemente entre el
personal de la misma escala o las escalas superiores a la de la convocatoria.
d) Un/una vocal, y su suplencia, que designa la rectora o el rector, entre personal
de otras administraciones públicas de cuerpos funcionariales o escalas del mismo grupo
o superior y de funciones análogas a la de la convocatoria.
ANEXO V
Medidas de adaptación
1. Eliminación de barreras arquitectónicas y mesa adaptada a silla de ruedas.
2. Ampliación del tiempo de duración del ejercicio.
3. Aumento de la amplitud de los caracteres del examen, por dificultad de visión.
4. Necesidad de intérprete por causa de sordera.
5. Sistema Braille de escritura.
6. Otras. En caso de que la adaptación requerida no sea alguna de las anteriores,
deberá indicarse en el espacio correspondiente de la solicitud de participación.
En la solicitud de participación se deberá marcar la casilla correspondiente al número
de medida o medidas de adaptación que se requieren.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2021-10851
Verificable en https://www.boe.es
Las medidas de adaptación que pueden solicitar las personas aspirantes con
discapacidad son las siguientes:
Núm. 155
Miércoles 30 de junio de 2021
Sec. II.B. Pág. 78109
30. El libro y las bibliotecas hasta la invención de la imprenta.
31. Invención y difusión de la imprenta. Los incunables.
32. Historia del libro y las bibliotecas desde el S. XVI al S. XVIII.
33. Fondo bibliográfico patrimonial en la Universitat de València.
34. El libro y las bibliotecas desde el siglo XIX hasta la actualidad.
35. El archivo. Principios generales de organización. Sistemas de clasificación y
ordenación de documentos. Los cuadros de clasificación.
36. El archivo. Descripción archivística: guías, inventarios, catálogos e índice. La
norma ISAD (G).
37. Los archivos universitarios. Producción y gestión documental. El archivo de la
Universitat de València.
38. Legislación española sobre protección de datos, su implicación en la gestión
bibliotecaria.
39. Legislación española sobre patrimonio artístico, bibliográfico y documental.
40. Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las
disposiciones legales vigentes sobre la materia.
Nota: La normativa legal que ampara el contenido de estos temas será la que se
encuentre en vigor en el momento de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín
Oficial del Estado» (BOE).
ANEXO IV
Órgano técnico de selección
El órgano técnico de selección para estas pruebas selectivas estará compuesto por
cinco miembros, con voz y voto, nombrados por la rectora o el rector:
a) La presidencia y el secretario o la secretaria, y su suplencia, que designa la
rectora o el rector entre el personal funcionario de la comunidad universitaria.
b) Un/una vocal, y su suplencia, que designa la rectora o el rector, preferentemente
entre el personal de la misma escala o las escalas superiores a la de la convocatoria.
c) Un/una vocal, y su suplencia, que se elige por sorteo, preferentemente entre el
personal de la misma escala o las escalas superiores a la de la convocatoria.
d) Un/una vocal, y su suplencia, que designa la rectora o el rector, entre personal
de otras administraciones públicas de cuerpos funcionariales o escalas del mismo grupo
o superior y de funciones análogas a la de la convocatoria.
ANEXO V
Medidas de adaptación
1. Eliminación de barreras arquitectónicas y mesa adaptada a silla de ruedas.
2. Ampliación del tiempo de duración del ejercicio.
3. Aumento de la amplitud de los caracteres del examen, por dificultad de visión.
4. Necesidad de intérprete por causa de sordera.
5. Sistema Braille de escritura.
6. Otras. En caso de que la adaptación requerida no sea alguna de las anteriores,
deberá indicarse en el espacio correspondiente de la solicitud de participación.
En la solicitud de participación se deberá marcar la casilla correspondiente al número
de medida o medidas de adaptación que se requieren.
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2021-10851
Verificable en https://www.boe.es
Las medidas de adaptación que pueden solicitar las personas aspirantes con
discapacidad son las siguientes: