I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. (BOE-A-2021-10824)
Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 155

Miércoles 30 de junio de 2021

Sec. I. Pág. 77992

b. Localización donde se realiza el proyecto: municipio, parcela, referencia catastral
y/o coordenadas UTM.
c. Inversión total de la actuación:
i. Inversión correspondiente a energías renovables.
ii. Inversión correspondiente a sistema de almacenamiento.
d.

Coste elegible:

i. Coste elegible correspondiente a energías renovables.
ii. Coste elegible correspondiente a sistema de almacenamiento.
e. Tecnología renovable utilizada.
f. Potencia instalada de la instalación de autoconsumo con fuentes de energía
renovable (kW)). En el caso de las instalaciones FV corresponderá con la suma de la
potencia pico de los módulos fotovoltaicos.
g. Potencia del sistema de almacenamiento instalada (kW).
h. Capacidad instalada del sistema de almacenamiento (kWh).
i. Retirada de cubierta de amianto: SÍ/NO.
j. Desmantelamiento de instalaciones existentes: SÍ/NO.
k. Instalación en autoconsumo colectivo: SÍ/NO.
l. Descripción de las actuaciones.
m. Energía renovable estimada producida para autoconsumo (kWh/año).
n. Instalación realizada en cubierta: SÍ/NO.
o. Porcentaje de autoconsumo (para expedientes incluidos en el programa de
incentivos 4).
4.

Información específica para los programas de incentivos 3 y 5: Almacenamiento.

a. Título del proyecto.
b. Localización donde se realiza el proyecto: municipio, parcela, referencia catastral
y/o coordenadas UTM.
c. Inversión total de la actuación.
d. Coste elegible.
e. Tecnología renovable existente.
f. Tipo de sistema de almacenamiento.
g. Potencia existente de la instalación de autoconsumo con fuentes de energía
renovable (kW)). En el caso de las instalaciones FV corresponderá con la suma de la
potencia pico de los módulos fotovoltaicos.
h. Potencia del sistema de almacenamiento instalada (kW).
i. Capacidad instalada del sistema de almacenamiento (kWh).
j. Desmantelamiento de instalaciones existentes: SÍ/NO.
k. Instalación en autoconsumo colectivo: SÍ/NO.
l. Descripción de las actuaciones.

a. Título del proyecto.
b. Localización donde se realiza el proyecto: municipio, parcela, referencia catastral
y/o coordenadas UTM.
c. Inversión total de la actuación.
d. Tipología (incluyendo actuaciones adicionales, si procede).
e. Potencia térmica instalada con fuentes de energía renovable (kW) diferenciada
en calefacción, refrigeración o ACS.
f. Rendimientos medios estacionales diferenciados en calefacción, refrigeración, o
ACS (solo actuaciones aerotermia, geotermia e hidrotermia).

cve: BOE-A-2021-10824
Verificable en https://www.boe.es

5. Información específica para los programas de incentivos 6: Aplicaciones
térmicas.