I. Disposiciones generales. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Cuestiones de inconstitucionalidad. (BOE-A-2021-10821)
Cuestión de inconstitucionalidad n.º 3492-2021, en relación con la disposición adicional trigésima, apartados 2, 3, 4 y 5, de la Ley del Parlamento de Cataluña 12/2009, redactados por el art. 172.3 de la Ley del Parlamento de Cataluña 5/2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 155

Miércoles 30 de junio de 2021

Sec. I. Pág. 77917

I. DISPOSICIONES GENERALES

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
10821

Cuestión de inconstitucionalidad n.º 3492-2021, en relación con la disposición
adicional trigésima, apartados 2, 3, 4 y 5, de la Ley del Parlamento de
Cataluña 12/2009, redactados por el art. 172.3 de la Ley del Parlamento de
Cataluña 5/2020.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 23 de junio de 2021, ha
acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 3492-2021
planteada por la Sección 5.ª de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Cataluña, en el procedimiento núm. 115-2018, en relación con la
disposición adicional trigésima, apartados 2, 3, 4 y 5, de la Ley del Parlamento de
Cataluña 12/2009, redactados por el art. 172.3 de la Ley del Parlamento de
Cataluña 5/2020 y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC, deferir a
la Sala Primera el conocimiento de la presente cuestión.
De conformidad con lo establecido en el art. 37.2 LOTC, quienes sean parte en el
procedimiento 115-2018, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días
siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2021-10821
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 23 de junio de 2021.–El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal
Constitucional, Alfonso Pérez Camino.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X