II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Cuerpo de Diplomados Comerciales del Estado. (BOE-A-2021-10700)
Resolución de 24 de junio de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Diplomados Comerciales del Estado.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 28 de junio de 2021
Sec. II.B. Pág. 77268
pasos. Dándose por completado el trámite una vez que se muestran los justificantes del
pago y registro de la inscripción. De otra manera el proceso no se considerará completo.
En el caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de
inscripción deberán dirigirse al teléfono 060, o enviar un correo a la dirección:
cau.060@correo.gob.es.
El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los términos
previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo. La constancia de pago correcto
de las tasas estará avalada por el número de referencia completo (NCR) emitido por la
Agencia Estatal de Administración Tributaria que figurará en el justificante de registro.
En los casos en los que las solicitudes cumplimentadas por vía electrónica tengan
que ir acompañadas de documentación adicional, esta podrá adjuntarse escaneada en la
solicitud electrónica o podrá ser presentada en los lugares previstos en el siguiente
punto.
En el caso de que no sea posible realizar la inscripción electrónica por los aspirantes que la
cursen en el extranjero, éstos podrán presentarla en las representaciones diplomáticas o
consulares españolas correspondientes. Estas solicitudes cursadas en el extranjero
acompañarán el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen. El ingreso
de estas solicitudes podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya
Argentaria o mediante transferencia desde un número de cuenta bancaria abierta en una entidad
extranjera, a la cuenta corriente número ESMM ES06 0182-2370-49-0200203962 del Banco
Bilbao Vizcaya Argentaria, a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Hacienda. Derechos de
examen». Este sistema solo será válido para las solicitudes que sean cursadas en el extranjero.
Podrá acordarse por el órgano convocante la cumplimentación sustitutoria en papel
cuando una incidencia técnica debidamente acreditada haya imposibilitado el
funcionamiento ordinario de los sistemas.
6.2 En todo caso, la solicitud tendrá que ser presentada en el plazo de veinte días
hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta
convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
6.3 La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del
aspirante.
6.4 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la
solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
6.5 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV.
7.
Tribunal
7.1 El Tribunal calificador, es el que figura como anexo III a esta resolución y se
someterá a lo dispuesto en las Leyes 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, y demás disposiciones vigentes.
7.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará
por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos
sexos.
7.3 Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las
incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto
las decisiones motivadas que estime pertinentes.
Si en algún momento el Tribunal tuviera conocimiento de que algún aspirante no
cumple uno o varios de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, o de que su
solicitud adolece de errores o falsedades que imposibilitaran su acceso al Cuerpo de
Diplomados Comerciales del Estado, en los términos establecidos en la presente
convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión a la
autoridad convocante, comunicándole la inexactitudes o falsedades formuladas por el
aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas.
7.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Subdirección General de Recursos
cve: BOE-A-2021-10700
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 153
Lunes 28 de junio de 2021
Sec. II.B. Pág. 77268
pasos. Dándose por completado el trámite una vez que se muestran los justificantes del
pago y registro de la inscripción. De otra manera el proceso no se considerará completo.
En el caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de
inscripción deberán dirigirse al teléfono 060, o enviar un correo a la dirección:
cau.060@correo.gob.es.
El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los términos
previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo. La constancia de pago correcto
de las tasas estará avalada por el número de referencia completo (NCR) emitido por la
Agencia Estatal de Administración Tributaria que figurará en el justificante de registro.
En los casos en los que las solicitudes cumplimentadas por vía electrónica tengan
que ir acompañadas de documentación adicional, esta podrá adjuntarse escaneada en la
solicitud electrónica o podrá ser presentada en los lugares previstos en el siguiente
punto.
En el caso de que no sea posible realizar la inscripción electrónica por los aspirantes que la
cursen en el extranjero, éstos podrán presentarla en las representaciones diplomáticas o
consulares españolas correspondientes. Estas solicitudes cursadas en el extranjero
acompañarán el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen. El ingreso
de estas solicitudes podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya
Argentaria o mediante transferencia desde un número de cuenta bancaria abierta en una entidad
extranjera, a la cuenta corriente número ESMM ES06 0182-2370-49-0200203962 del Banco
Bilbao Vizcaya Argentaria, a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Hacienda. Derechos de
examen». Este sistema solo será válido para las solicitudes que sean cursadas en el extranjero.
Podrá acordarse por el órgano convocante la cumplimentación sustitutoria en papel
cuando una incidencia técnica debidamente acreditada haya imposibilitado el
funcionamiento ordinario de los sistemas.
6.2 En todo caso, la solicitud tendrá que ser presentada en el plazo de veinte días
hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta
convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
6.3 La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del
aspirante.
6.4 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la
solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
6.5 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV.
7.
Tribunal
7.1 El Tribunal calificador, es el que figura como anexo III a esta resolución y se
someterá a lo dispuesto en las Leyes 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, y demás disposiciones vigentes.
7.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará
por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos
sexos.
7.3 Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las
incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto
las decisiones motivadas que estime pertinentes.
Si en algún momento el Tribunal tuviera conocimiento de que algún aspirante no
cumple uno o varios de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, o de que su
solicitud adolece de errores o falsedades que imposibilitaran su acceso al Cuerpo de
Diplomados Comerciales del Estado, en los términos establecidos en la presente
convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión a la
autoridad convocante, comunicándole la inexactitudes o falsedades formuladas por el
aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas.
7.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Subdirección General de Recursos
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Verificable en https://www.boe.es
Núm. 153