III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2021-10731)
Resolución de 21 de junio de 2021, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con Mambrino, SL, para la organización conjunta de la coproducción del espectáculo teatral "Rif (de piojos y gas mostaza)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153

Lunes 28 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 77452

Y en virtud de cuanto queda expuesto, manifiestan su voluntad de colaboración
suscribiendo el presente convenio, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

El objeto de este convenio es establecer las bases de colaboración entre el Instituto
Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (en adelante INAEM) y la empresa
Mambrino SL con objeto de organizar la coproducción del espectáculo teatral Rif (de
piojos y gas mostaza), escrito por Mariano Llorente y Laila Ripoll y dirigido por Laila
Ripoll, con destino a su exhibición en el Centro Dramático Nacional (Teatro Valle-Inclán
de Madrid) así como en su distribución y gira.
Las actuaciones consistirán en:
El INAEM (Centro Dramático Nacional) se encargará de la producción ejecutiva del
espectáculo Rif (de piojos y gas mostaza) bajo la dirección de Laila Ripoll, con estreno
previsto el 10 de diciembre de 2021 en el Teatro Valle-Inclán de Madrid, corriendo
igualmente con todos los gastos inherentes a la exhibición de dicho espectáculo durante
el período comprendido entre el día 10 de diciembre de 2021 y el 30 de enero de 2022.
La Empresa se encargará de la distribución y gestión de la posible gira de Rif (de
piojos y gas mostaza), corriendo con todos los gastos inherentes a la misma.
Como consecuencia de la crisis sanitaria del COVID-19, las fechas de las
actuaciones dispuestas en la presente clausula podrían estar sujetas a cambios en
función de la evolución de la mencionada crisis y las medidas de prevención que puedan
acordarse. Este cambio de fechas se realizará en el marco de la vigencia del Convenio y
mediante acuerdo de las partes en la Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula
novena.
Segunda.

Régimen jurídico.

El presente convenio se rige por lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público.
Tercera.

Compromisos de las partes y financiación.

– Contratación del equipo artístico: diseñador de escenografía, diseñador de
iluminación, diseñadora de vestuario, músico y diseñador de video.
– Contratación de actores (salarios de ensayos) en el período comprendido entre 26
de octubre y el 9 de diciembre de 2021.
– Contratación de los ayudantes de dirección, escenografía, iluminación y vestuario,
en el período comprendido entre el 26 de octubre y el 9 de diciembre de 2021.
– Realización de escenografía y vestuario.
– Alquiler de materiales.
– Carga y descarga de materiales.
– Todos aquéllos gastos imprevistos y de mantenimiento que pudieran originarse de
la propia actividad y que comprenden el período completo de producción de la obra,
entendiendo el mismo hasta el día 10 de diciembre de 2021.

cve: BOE-A-2021-10731
Verificable en https://www.boe.es

Del presente convenio no se derivan contraprestaciones económicas entre las partes
que lo firman.
El INAEM (Centro Dramático Nacional) correrá, hasta un máximo de 149.500 euros
IVA incluido, con los siguientes gastos de producción: