III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2021-10737)
Resolución de 15 de junio de 2021, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con la Fundación Albéniz, para la organización de la actividad cultural "Lunes Clásicos".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153
Lunes 28 de junio de 2021
Sec. III. Pág. 77503
Tercera. Actuaciones de cada una de las partes. Colaboración en la organización y
gestión.
Para la ejecución de este Convenio las partes firmantes asumen los siguientes
compromisos de gestión:
a) La UIMP, haciendo uso de su experiencia en la organización de este tipo de
actividades culturales, se encargará, siempre dentro de lo que establezca su normativa
sobre procedimientos y demás legislación que le sea aplicable como organismo público, de:
– Publicidad de la celebración de la actividad cultural dentro del plan general de
publicidad de la UIMP.
– Diseño y maquetación del programa en el apartado correspondiente de la web de
la UIMP.
– Servicios de personal propio derivado de la gestión de la actividad cultural.
– Recopilación de la documentación de la actividad cultural. Inclusión de la misma
en la memoria anual de la UIMP.
– Infraestructura general y medios técnicos necesarios para la organización y
realización la actividad cultural: locales, servicios de limpieza, mantenimiento y vigilancia.
– Alquiler, en su caso, traslado y afinación de piano para uno de los conciertos.
b) La Fundación Albéniz, por su parte, se encargará de las siguientes gestiones, de
acuerdo a sus procedimientos y normativa:
– Alquiler, traslado y afinación de piano para otro de los conciertos.
– Podrá apoyar si lo desea a la UIMP en la campaña de promoción de la actividad
cultural, a través de su propia web, con anuncios complementarios en prensa, mediante
la difusión directa del programa entre el público específico o llevando a cabo cuantas
otras acciones estime convenientes, respetando en la medida de lo posible el diseño de
la campaña publicitaria de la UIMP.
– Podrá apoyar, si lo desea, a través de su propio gabinete de prensa y
comunicación la labor realizada por la UIMP con los medios de comunicación, siempre
con la necesaria coordinación y apoyo mutuo.
Cuarta.
Compromisos económicos de las partes. Colaboración en la financiación.
Quinta. Publicidad y difusión.
I. En cuantos medios se utilicen para la promoción y difusión de la actividad cultural
se destacará la colaboración de la Fundación Albéniz con la UIMP, respetando en todo
caso los logotipos y las directrices de imagen externa que ambas instituciones faciliten
con este fin.
cve: BOE-A-2021-10737
Verificable en https://www.boe.es
I. La Fundación Albéniz se compromete a contribuir a la financiación de los gastos
derivados de la organización y celebración de la actividad cultural objeto de este
Convenio con una cantidad que se estima en seiscientos euros (600 €). Esta financiación
se hará asumiendo directamente, con cargo a su presupuesto ordinario, la financiación
de las partidas que gestiona de acuerdo con lo indicado en el apartado b) de la cláusula
tercera.
II. La UIMP se compromete a asumir directamente, con cargo a su presupuesto
ordinario, la financiación de aquellos gastos que no se cubran con la financiación de la
Fundación Albéniz, mediante aportación directa de personal así como de otros servicios
con cargo al concepto presupuestario 33.101.322C.226.06 de su presupuesto vigente,
en el que existe crédito adecuado y suficiente y, para lo cual, la UIMP tramita y aprueba
los correspondientes expedientes de gasto con carácter general para el conjunto de
cursos, según los procedimientos legalmente establecidos.
Núm. 153
Lunes 28 de junio de 2021
Sec. III. Pág. 77503
Tercera. Actuaciones de cada una de las partes. Colaboración en la organización y
gestión.
Para la ejecución de este Convenio las partes firmantes asumen los siguientes
compromisos de gestión:
a) La UIMP, haciendo uso de su experiencia en la organización de este tipo de
actividades culturales, se encargará, siempre dentro de lo que establezca su normativa
sobre procedimientos y demás legislación que le sea aplicable como organismo público, de:
– Publicidad de la celebración de la actividad cultural dentro del plan general de
publicidad de la UIMP.
– Diseño y maquetación del programa en el apartado correspondiente de la web de
la UIMP.
– Servicios de personal propio derivado de la gestión de la actividad cultural.
– Recopilación de la documentación de la actividad cultural. Inclusión de la misma
en la memoria anual de la UIMP.
– Infraestructura general y medios técnicos necesarios para la organización y
realización la actividad cultural: locales, servicios de limpieza, mantenimiento y vigilancia.
– Alquiler, en su caso, traslado y afinación de piano para uno de los conciertos.
b) La Fundación Albéniz, por su parte, se encargará de las siguientes gestiones, de
acuerdo a sus procedimientos y normativa:
– Alquiler, traslado y afinación de piano para otro de los conciertos.
– Podrá apoyar si lo desea a la UIMP en la campaña de promoción de la actividad
cultural, a través de su propia web, con anuncios complementarios en prensa, mediante
la difusión directa del programa entre el público específico o llevando a cabo cuantas
otras acciones estime convenientes, respetando en la medida de lo posible el diseño de
la campaña publicitaria de la UIMP.
– Podrá apoyar, si lo desea, a través de su propio gabinete de prensa y
comunicación la labor realizada por la UIMP con los medios de comunicación, siempre
con la necesaria coordinación y apoyo mutuo.
Cuarta.
Compromisos económicos de las partes. Colaboración en la financiación.
Quinta. Publicidad y difusión.
I. En cuantos medios se utilicen para la promoción y difusión de la actividad cultural
se destacará la colaboración de la Fundación Albéniz con la UIMP, respetando en todo
caso los logotipos y las directrices de imagen externa que ambas instituciones faciliten
con este fin.
cve: BOE-A-2021-10737
Verificable en https://www.boe.es
I. La Fundación Albéniz se compromete a contribuir a la financiación de los gastos
derivados de la organización y celebración de la actividad cultural objeto de este
Convenio con una cantidad que se estima en seiscientos euros (600 €). Esta financiación
se hará asumiendo directamente, con cargo a su presupuesto ordinario, la financiación
de las partidas que gestiona de acuerdo con lo indicado en el apartado b) de la cláusula
tercera.
II. La UIMP se compromete a asumir directamente, con cargo a su presupuesto
ordinario, la financiación de aquellos gastos que no se cubran con la financiación de la
Fundación Albéniz, mediante aportación directa de personal así como de otros servicios
con cargo al concepto presupuestario 33.101.322C.226.06 de su presupuesto vigente,
en el que existe crédito adecuado y suficiente y, para lo cual, la UIMP tramita y aprueba
los correspondientes expedientes de gasto con carácter general para el conjunto de
cursos, según los procedimientos legalmente establecidos.