III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2021-10736)
Resolución de 14 de junio de 2021, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con la Agencia Española de Protección de Datos, para la organización de un seminario titulado "Privacidad, sostenibilidad e innovación".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153

Lunes 28 de junio de 2021

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ser posible una solución amigable, y resultar procedente litigio judicial, la jurisdicción
competente para conocer y resolver dichas cuestiones será la jurisdicción contenciosoadministrativa, de conformidad con la Ley de 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Y en prueba de conformidad, firman el presente convenio en las fechas que se
indican en cada una de las firmas, tomándose como fecha de perfeccionamiento del
convenio la del último firmante.–Por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo,
María Luz Morán Calvo-Sotelo, 14 de junio de 2021.–Por la Agencia Española de
Protección de Datos, Mar España Martí, 14 de junio de 2021.
ANEXO I
Descripción y objetivos del seminario
Objetivos:
El programa de Responsabilidad Social Corporativa, alineado con los Objetivos de
Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030, implica la asunción por parte de la Agencia
Española de Protección de Datos de un compromiso ético, especialmente dirigido a la
ciudadanía, la educación y los menores y la igualdad de género, directamente
relacionado con la tutela del derecho fundamental a la protección de datos. Iniciativa que
se ha proyectado con una acogida favorable en distintos países latinoamericanos.
La aplicación práctica del modelo de cumplimiento y supervisión del Reglamento
General de Protección de Datos han generado importantes novedades en las bases
jurídicas del tratamiento de datos, especialmente respecto del consentimiento y el interés
legítimo; en la tramitación de reclamaciones, tanto mediante medidas correctivas como
mediante la imposición de importantes sanciones económicas, así como en la promoción
de sistemas de autorregulación a través de códigos de conducta. Y también en la
aplicación del Reglamento a nuevas tecnologías, como la inteligencia artificial, el Big
Data, las redes 5G, el internet de las cosas o el blockchain. Lo que ha exigido una
respuesta que garantice una aplicación coherente de la norma en el ámbito de la Unión
por parte del Comité Europeo de Protección de Datos.
Por su parte, la sentencia del STJUE sobre el caso Schrems 2 ha marcado novedosos
criterios con importantes consecuencias prácticas para la realización de transferencias
internacionales de datos a terceros países sin nivel adecuado de protección.
La interrelación entre el Reglamento y la normativa reguladora de la publicidad online
y de las cookies y otras tecnologías similares ha generado la necesidad de ofrecer unas
orientaciones prácticas que faciliten su cumplimiento, lo que ha dado lugar a la
publicación de una guía elaborada por la Agencia en colaboración con la industria.
En el ámbito de la pandemia de la COVID-19, las iniciativas relacionadas con la
emisión de certificados interoperables que garanticen la libre circulación dentro de la
Unión Europea han generado un debate sobre su base jurídica, la finalidad de dichos
tratamientos a nivel europeo y sus posibles usos secundarios por parte de los Estados
miembros, centrado en la necesidad de evitar situaciones de discriminación.

El programa se dirige a un elevado número de alumnos con el siguiente perfil: empresas,
administraciones públicas, profesionales, investigadores e interesados en la materia.
Modalidad de impartición:
El curso se impartirá en modalidad presencial pero, debido a las limitaciones de
aforo, se retransmitirá asimismo por streaming existiendo la posibilidad de cursarlo en
modalidad online.
Duración: tres días.

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2021-10736
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