III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2021-10736)
Resolución de 14 de junio de 2021, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con la Agencia Española de Protección de Datos, para la organización de un seminario titulado "Privacidad, sostenibilidad e innovación".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 28 de junio de 2021
Sec. III. Pág. 77495
básica, definido, de acuerdo con lo que establece su Estatuto, como centro universitario
de alta cultura, investigación y especialización en el que convergen actividades de
distintos grados y especialidades universitarias y que tiene como misión promover y
difundir la cultura y la ciencia, así como fomentar relaciones de intercambio e información
científica y cultural de interés internacional e interregional, cooperando cuando ello sea
conveniente con otras universidades o instituciones españolas o extranjeras. El artículo 5
del Estatuto de la UIMP, ya citado, establece que son funciones de la UIMP las de
generación y transmisión del conocimiento en todos sus campos.
II. Que la AEPD es una autoridad administrativa independiene de ámbito estatal,
con personalidad jurídica propia y plena capacidad pública y privada, que actúa con
plena independencia de las administraciones públicas en el ejercicio de sus funciones,
cuyo objeto es la garantía del cumplimiento y aplicación de las previsiones contenidas en
la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Personales y
garantía de los derechos digitales. La AEPD tiene como misión principal velar por el
cumplimiento de la legislación sobre protección de datos y controlar su aplicación. El
artículo 57.1 letra b) del RGPD establece que corresponde a la autoridad de control en
materia de protección de datos, en este caso la AEPD, promover la sensibilización del
público y su comprensión de los riesgos, normas, garantías y derechos en relación con el
tratamiento.
III. Que ambas instituciones, dentro de los fines que les son propios, coinciden en
su interés por organizar un seminario sobre privacidad, sostenibilidad e innovación. El
tema se considera de la máxima actualidad y de incuestionable relevancia social y
académica.
Conscientes de los beneficios de la colaboración mutua y de la suma de esfuerzos y
recursos en una iniciativa conjunta para una mejor consecución del interés general que
ambas entidades tienen encomendado, ambas entidades acuerdan suscribir el presente
convenio con sujeción a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El objeto de este convenio es establecer la colaboración entre la UIMP y la AEPD
para la organización conjunta del seminario «Privacidad, sostenibilidad e innovación»,
que se celebrará en 2021 en Santander, en el marco de la programación académica de
la UIMP.
Ambas instituciones colaborarán en el orden académico, técnico, económico y
logístico para llevar a cabo el diseño, organización, divulgación y desarrollo del
seminario, según las especificaciones de este convenio y con el objetivo común de
garantizar los niveles adecuados de excelencia académica, prestigio profesional y
solvencia organizativa.
Segunda. Actuaciones de cada una de las partes. Colaboración en los aspectos
académicos.
I. Siempre dentro de las normas sobre estructura y organización de cursos vigentes
en la UIMP y de las pautas sobre contenidos marcadas por ambas partes y, según se
recoge en la descripción y objetivos del seminario que se adjunta como anexo I, la
dirección académica se encargará de elaborar el programa del seminario y propondrá los
profesores participantes.
El programa definitivo deberá contar con el visto bueno de ambas partes y ser
aprobado por el órgano competente de la UIMP. Las variaciones que posteriormente sea
imprescindible efectuar en cuanto a ponentes o conferencias por causa de imprevistos o
por motivos de otra índole, deberán ser aprobadas por ambas instituciones a través de
sus responsables de seguimiento del convenio.
cve: BOE-A-2021-10736
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 153
Lunes 28 de junio de 2021
Sec. III. Pág. 77495
básica, definido, de acuerdo con lo que establece su Estatuto, como centro universitario
de alta cultura, investigación y especialización en el que convergen actividades de
distintos grados y especialidades universitarias y que tiene como misión promover y
difundir la cultura y la ciencia, así como fomentar relaciones de intercambio e información
científica y cultural de interés internacional e interregional, cooperando cuando ello sea
conveniente con otras universidades o instituciones españolas o extranjeras. El artículo 5
del Estatuto de la UIMP, ya citado, establece que son funciones de la UIMP las de
generación y transmisión del conocimiento en todos sus campos.
II. Que la AEPD es una autoridad administrativa independiene de ámbito estatal,
con personalidad jurídica propia y plena capacidad pública y privada, que actúa con
plena independencia de las administraciones públicas en el ejercicio de sus funciones,
cuyo objeto es la garantía del cumplimiento y aplicación de las previsiones contenidas en
la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Personales y
garantía de los derechos digitales. La AEPD tiene como misión principal velar por el
cumplimiento de la legislación sobre protección de datos y controlar su aplicación. El
artículo 57.1 letra b) del RGPD establece que corresponde a la autoridad de control en
materia de protección de datos, en este caso la AEPD, promover la sensibilización del
público y su comprensión de los riesgos, normas, garantías y derechos en relación con el
tratamiento.
III. Que ambas instituciones, dentro de los fines que les son propios, coinciden en
su interés por organizar un seminario sobre privacidad, sostenibilidad e innovación. El
tema se considera de la máxima actualidad y de incuestionable relevancia social y
académica.
Conscientes de los beneficios de la colaboración mutua y de la suma de esfuerzos y
recursos en una iniciativa conjunta para una mejor consecución del interés general que
ambas entidades tienen encomendado, ambas entidades acuerdan suscribir el presente
convenio con sujeción a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El objeto de este convenio es establecer la colaboración entre la UIMP y la AEPD
para la organización conjunta del seminario «Privacidad, sostenibilidad e innovación»,
que se celebrará en 2021 en Santander, en el marco de la programación académica de
la UIMP.
Ambas instituciones colaborarán en el orden académico, técnico, económico y
logístico para llevar a cabo el diseño, organización, divulgación y desarrollo del
seminario, según las especificaciones de este convenio y con el objetivo común de
garantizar los niveles adecuados de excelencia académica, prestigio profesional y
solvencia organizativa.
Segunda. Actuaciones de cada una de las partes. Colaboración en los aspectos
académicos.
I. Siempre dentro de las normas sobre estructura y organización de cursos vigentes
en la UIMP y de las pautas sobre contenidos marcadas por ambas partes y, según se
recoge en la descripción y objetivos del seminario que se adjunta como anexo I, la
dirección académica se encargará de elaborar el programa del seminario y propondrá los
profesores participantes.
El programa definitivo deberá contar con el visto bueno de ambas partes y ser
aprobado por el órgano competente de la UIMP. Las variaciones que posteriormente sea
imprescindible efectuar en cuanto a ponentes o conferencias por causa de imprevistos o
por motivos de otra índole, deberán ser aprobadas por ambas instituciones a través de
sus responsables de seguimiento del convenio.
cve: BOE-A-2021-10736
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 153