III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA. Procedimientos de declaración de inconstitucionalidad. (BOE-A-2021-10647)
Resolución de 7 de junio de 2021, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Cantabria, en relación con la Ley 12/2020, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 151

Viernes 25 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 76616

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA
10647

Resolución de 7 de junio de 2021, de la Secretaría General de Coordinación
Territorial, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Bilateral de
Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de
Cantabria, en relación con la Ley 12/2020, de 28 de diciembre, de Medidas
Fiscales y Administrativas.

Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de
octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de
enero, esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado»
del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.
Madrid, 7 de junio de 2021.–La Secretaria General de Coordinación Territorial,
Miryam Álvarez Páez.
ANEXO
Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del
Estado-Comunidad Autónoma de Cantabria en relación con la Ley 12/2020,
de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad
Autónoma de Cantabria ha adoptado el siguiente Acuerdo:

1. En relación con el apartado 11.1.2. del artículo 2 del Decreto Legislativo de
Cantabria 62/2008, de 19 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de
Medidas Fiscales en materia de Tributos cedidos por el Estado, en la redacción dada por
el artículo 2. Uno de la Ley 12/2020, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y
Administrativas ambas partes acuerdan que el Gobierno de la Comunidad Autónoma de
Cantabria se compromete a instar la modificación legislativa del precepto o en su caso,
la derogación del mismo, a fin de garantizar el cumplimiento del orden de distribución de
competencias.
2. Respecto al artículo 26 bis de la Ley 17/2006, de 11 de diciembre, de Control
Ambiental Integrado, en la redacción dada por el artículo 14 de la Ley 12/2020, de 28 de
diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas sobre los estudios de detalle, se ha
planteado una cuestión de inconstitucionalidad n.º 1514-2020, en relación con el
artículo 40.4, apartados a) y c), de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de
la Calidad Ambiental, de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por posible vulneración
del art. 149.1.23.ª de la Constitución, de 30 de junio de 2020 (BOE de 8 de julio de 2020)
por parte de la Sección 2.ª de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Andalucía respecto de los estudios de detalle y su sujeción a la
evaluación ambiental y ambas partes entienden que la Comunidad Autónoma de
Cantabria actuará de acuerdo con los criterios que sobre esta materia determine el

cve: BOE-A-2021-10647
Verificable en https://www.boe.es

I. De conformidad con las negociaciones previas mantenidas por el Grupo de
Trabajo constituido en cumplimiento de lo previsto en el Acuerdo de la Comisión Bilateral
de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Cantabria,
para el estudio y propuesta de solución de las discrepancias competenciales
manifestadas en relación con los artículos 2 y 14 de la Ley 12/2020, de 28 de diciembre,
de Medidas Fiscales y Administrativas, ambas partes consideran solventadas las mismas
en los siguientes términos: