V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. (BOE-B-2021-30852)
Extracto de la Resolución de 21 de junio de 2021, de la Dirección General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se convocan para el año 2021 ayudas a la producción de cortometrajes realizados.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 151

Viernes 25 de junio de 2021

Sec. V-B. Pág. 40630

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MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE

30852

Extracto de la Resolución de 21 de junio de 2021, de la Dirección
General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales,
por la que se convocan para el año 2021 ayudas a la producción de
cortometrajes realizados.

BDNS(Identif.):571194
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
571194)
Primero. Objeto.
Convocar para el año 2021, mediante régimen de concurrencia competitiva,
ayudas para la producción de cortometrajes realizados.
Segundo. Beneficiarios.
Empresas productoras independientes. Cuando se trate de cortometrajes
realizados por varias empresas productoras, éstas constituirán la agrupación a que
se refiere el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden CUD/582/2020, de 26 de junio ("Boletín Oficial del Estado" nº 180, de 30
de junio de 2020), por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas
estatales para la producción de largometrajes y cortometrajes y regula la estructura
del Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales.
Cuarto. Cuantía.
El importe total de esta convocatoria asciende a la cantidad de 400.000 de
euros.
La cuantía máxima de la ayuda que se conceda será de 70.000 euros por
película beneficiaria. Dicha ayuda es compatible con la ayuda a cortometraje sobre
proyecto, sin que la suma de ambas ayudas pueda superar el límite máximo de
70.000 euros por película beneficiaria.

El plazo para la presentación de solicitudes será de quince días a contar desde
el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente Resolución en el
Boletín Oficial del Estado, finalizando a las 14 horas, hora peninsular, del último día
de plazo.
Madrid, 21 de junio de 2021.- La Directora General del Instituto de la
Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, Beatriz Navas Valdés.
ID: A210040535-1

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-B-2021-30852
Verificable en https://www.boe.es

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.