V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. (BOE-B-2021-30846)
Extracto de la Resolución de 17 de junio de 2021, de la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, sobre las compensaciones a los transportes marítimos y aéreos de mercancías con origen o destino en Illes Balears realizados en el año 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 151

Viernes 25 de junio de 2021

Sec. V-B. Pág. 40621

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA

30846

Extracto de la Resolución de 17 de junio de 2021, de la Secretaría de
Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, sobre las
compensaciones a los transportes marítimos y aéreos de mercancías
con origen o destino en Illes Balears realizados en el año 2020.

BDNS(Identif.):571137
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
571137)
Primero. Beneficiarios:
Empresas de los siguientes sectores de atención preferente, cuando exista
transformación de las mercancías en el suelo balear: a) la industria de la madera,
b) peletería natural y artificial, c) calzado, d) producciones de la industria del cuero,
e) confección de piezas de vestir y sus complementos, f) artículos de joyería y
bisutería, g) productos artesanales, h) productos industriales, con un valor añadido
superior al 20 por 100, e i) artículos para la nutrición humana. Así mismo, el
receptor del traslado interinsular de residuos no procesables ni reciclables en las
islas.
Segundo. Finalidad:
Compensación destinada a abaratar el coste efectivo del transporte marítimo y
aéreo de mercancías entre las Illes Balears, o entre éstas y la península, así como
del efectuado entre dichas islas y otros territorios de Estados miembros de la Unión
Europea y demás Estados firmantes del Acuerdo sobre el espacio económico
europeo, realizado en el año 2020.
Tercero. Bases reguladoras:
Real Decreto 1034/199, de 18 de junio, publicado en el BOE de 2 de julio de
1999, modificado por el Real Decreto 101/2002, de 25 de enero, publicado en el
BOE del 6 de febrero de 2002 y actualizado por el Real Decreto 232/2020, de 4 de
febrero, publicado en el BOE de 14 de febrero de 2020.
Así mismo, resulta de obligado cumplimiento el Reglamento (UE) Nº 1407/2013
de la Comisión de 18 de diciembre de 2013, prorrogado por el Reglamento (UE)
2020/972 de 2 de julio

El importe será el que corresponda al crédito consignado en la aplicación
presupuestaria 17-20-441P-47802 del presupuesto de Gastos de la Secretaría de
Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana previsto en la Ley 11/2020, de
30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021
La cuantía individual en el transporte de mercancías alcanza un porcentaje,
establecido por la normativa vigente, sobre la parte de coste del flete de dichas

cve: BOE-B-2021-30846
Verificable en https://www.boe.es

Cuarto. Importe: