III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2021-10564)
Resolución de 23 de junio de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio entre el Organismo Autónomo Comisionado para el Mercado de Tabacos y el Ministerio del Interior, en materia de vigilancia, inspección y control de las actividades realizadas por los diferentes operadores del mercado de tabacos, a través de miembros de la Guardia Civil en situación de reserva.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 150

Jueves 24 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 76200

vigilancia, inspección y control de las actividades realizadas por los diferentes
operadores del mercado de tabacos, a través de miembros de la Guardia Civil en
situación de reserva.
Segundo.
Que en las cláusulas tercera y siguientes del citado Convenio se reflejan las
actuaciones y compromisos asumidos por ambas partes, detallándose en el anexo I del
mismo la aportación económica anual máxima y la cantidad unitaria anual por empleo de
cada Guardia Civil a aportar por el CMT.
Tercero.
Que las partes manifiestan su satisfacción por la colaboración desarrollada,
considerando necesario modificar el Convenio según lo que se indica en los apartados
siguientes.
Cuarto.
Que las cantidades a abonar por el CMT para la financiación del Convenio se
establecen tomando como referencia las retribuciones del personal de la Guardia Civil,
teniendo en cuenta el empleo de cada agente de acuerdo con lo establecido en el anexo I.
Quinto.
Que, en consideración a lo anterior, es necesario modificar el Convenio para poder
adaptar dichas cantidades por haber sufrido modificaciones las retribuciones del personal
de la Guardia Civil en situación de reserva con destino en el CMT, así como para poder
prever la subida que, en su caso, se realice por la Ley de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2021 o en aplicación de la subida recogida en la misma.
Sexto.
Que procede modificar el anexo I del Convenio a efectos de incorporar las
actualizaciones citadas en el punto anterior.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente adenda de modificación
que se regirá por las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera. Modificación del Convenio.
Uno. Se modifican las cuantías recogidas en el anexo I del Convenio actualmente
vigente, que queda redactado de la manera siguiente:

Cantidad unitaria anual

Euros

Número de puestos de trabajo

Importe total anual

Euros

Brigada.

18.767,93

1

18.767,93

Cabo 1.º

17.315,70

2

34.631,40

Guardia.

17.311,76

7

121.182,34

10

174.581,66»

Empleos

Total.

cve: BOE-A-2021-10564
Verificable en https://www.boe.es

«Aportación económica anual máxima: 174.581,66 €.