III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Ayuntamiento de Chauchina. Convenio. (BOE-A-2021-10556)
Resolución de 21 de junio de 2021, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Chauchina.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 150

Jueves 24 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 76132

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE HACIENDA
10556

Resolución de 21 de junio de 2021, de la Dirección General del Catastro, por
la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Chauchina.

Habiéndose suscrito entre la Dirección General del Catastro y el Ayuntamiento de
Chauchina un Convenio de colaboración en materia de gestión catastral, procede la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo
de esta Resolución.
Madrid, 21 de junio de 2021.–El Director General del Catastro, Fernando de Aragón
Amunárriz.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Hacienda (Dirección General del
Catastro) y el Ayuntamiento de Chauchina (Granada) de colaboración en materia
de gestión catastral
En Madrid y Chauchina, a 18 de junio de 2021.
De una parte, don Fernando de Aragón Amunárriz, Director General del Catastro, en
virtud del Real Decreto 752/2016, de 30 de diciembre (BOE n.º 316, de 31 de diciembre),
en ejercicio de las competencias que tiene delegadas de conformidad con el artículo 17
de la Orden HAC/134/2021, de 17 de febrero, de delegación de competencias y por la
que se fijan los límites de las competencias de gestión presupuestaria y concesión de
subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías de Estado (BOE de 18 de
febrero de 2021).
De otra parte, doña Marina Martín Jiménez, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento
de Chauchina, en uso de las facultades que le confiere el artículo 21 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
EXPONEN

El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por
Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece en su artículo 4 que la
formación y mantenimiento del Catastro Inmobiliario y la difusión de la información
catastral es de competencia exclusiva del Estado y que dichas funciones se ejercerán
por la Dirección General del Catastro, directamente o a través de las distintas fórmulas
de colaboración que se establezcan con las diferentes Administraciones, Entidades y
Corporaciones Públicas.
Por su parte, la Dirección General del Catastro ejercerá las funciones relativas a la
formación, mantenimiento, valoración y demás actuaciones inherentes al Catastro
Inmobiliario, de conformidad con el Real Decreto 689/2020, de 21 de julio, por el que se
desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y se modifica el
Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica
básica de los departamentos ministeriales.

cve: BOE-A-2021-10556
Verificable en https://www.boe.es

Primero.