II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA. Destinos. (BOE-A-2021-10517)
Orden TFP/649/2021, de 22 de junio, por la que se resuelve el concurso unitario, convocado por Orden TFP/1114/2020, de 26 de noviembre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 150

Jueves 24 de junio de 2021

Sec. II.A. Pág. 75969

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA
10517

Orden TFP/649/2021, de 22 de junio, por la que se resuelve el concurso
unitario, convocado por Orden TFP/1114/2020, de 26 de noviembre.

Por Orden TFP/1114/2020, de 26 de noviembre, publicada en el «Boletín Oficial del
Estado» el día 27, se convocó concurso unitario para la provisión de puestos de trabajo
con funciones administrativas y auxiliares adscritos a los Cuerpos y Escalas de los
subgrupos C1 y C2, dotados presupuestariamente, cuya provisión se consideraba
necesaria.
Habiéndose dado cumplimiento a las normas reglamentarias y a las bases de la
convocatoria, finalizado el plazo de presentación de instancias, vistas las solicitudes
presentadas, valorados los méritos alegados por los concursantes y previa propuesta de
las personas candidatas que han obtenido mayor puntuación para cada puesto,
elaborada por la correspondiente Comisión de Valoración a la que hace referencia la
base séptima de la citada Orden,
Este Ministerio, de acuerdo con el artículo 40.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio
de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del
Estado, resuelve:
Primero.
Adjudicar los puestos de trabajo contenidos en el anexo I de esta Orden.
Los puestos no incluidos en el citado anexo I se declaran desiertos, en aplicación de
lo dispuesto en las bases de la Orden de convocatoria del concurso, esto es, bien porque
las personas participantes no han obtenido las puntuaciones mínimas exigidas para su
adjudicación, bien porque las plazas objeto de convocatoria han sido modificadas en sus
características funcionales y retributivas ante la Comisión Interministerial de
Retribuciones durante el periodo de tramitación de este procedimiento de concurso.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 del Reglamento General de
Ingreso y Provisión de Puestos de Trabajo, los destinos adjudicados tendrán la
consideración de voluntarios, por lo que no generarán derecho a indemnización por
concepto alguno.
Por otra parte, y de acuerdo también con la normativa reglamentaria mencionada, los
destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de toma
de posesión se hubiese obtenido otro destino por convocatoria pública, en cuyo caso la
persona adjudicataria deberá comunicarlo por escrito al órgano convocante.
Tercero.
El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido, de conformidad con lo
dispuesto en la base décima de la convocatoria será de tres días hábiles, si no implica
cambio de residencia de la persona que ha resultado adjudicataria, o de un mes si
comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.

cve: BOE-A-2021-10517
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Segundo.