III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2021-10491)
Resolución de 18 de junio de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Universidad Nacional de Educación a Distancia, el Instituto de Estudios Fiscales, O.A., el Ministerio de Hacienda, ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo y la Fundación Carolina, para la realización del Máster Universitario Oficial en Hacienda Pública y Administración Financiera y Tributaria.
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 149
Miércoles 23 de junio de 2021
Sec. III. Pág. 75859
por el art. 20. 1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE
del 24 de diciembre de 2001) y del art. 99 de los Estatutos de la UNED, aprobados por
Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre.
El segundo en nombre y representación del IEF, en virtud de las atribuciones que le
confiere el Real Decreto 63/2001, de 26 de enero (BOE de 27 de enero), por el que se
aprueba el Estatuto del Organismo Autónomo, y del Real Decreto 924/2018, de 20 de
julio (BOE de 21 de julio) por el que se le nombra Director del mismo.
La tercera, en nombre y representación de ICEX, en ejercicio de las competencias
que tiene atribuidas en virtud de su nombramiento efectuado por Real Decreto 848/2018,
de 6 de julio (publicado en BOE núm. 164 de 7 de julio de 2018) y de las atribuciones
que tiene conferidas por delegación de competencias del Consejo de Administración de
la entidad mediante Resolución de 30 de octubre de 2019 (BOE núm. 279, de 20 de
noviembre de 2019).
El cuarto, en nombre y representación de la Fundación Carolina según consta en
escritura de nombramiento otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid, don
José Blanco Losada, con fecha 19 de noviembre de 2018 y bajo número cinco mil
setecientos noventa y nueve de su protocolo.
En el carácter con que intervienen, se reconocen capacidad jurídica para formalizar
el presente Convenio.
EXPONEN
Que la UNED es una institución de derecho público, dotada de personalidad y plena
autonomía (Estatutos de la UNED, aprobados por Real Decreto 1239/2011, de 8 de
septiembre).
Que, asimismo, entre sus funciones generales, tiene la correspondiente a realizar el
servicio público de la educación superior mediante la investigación, la docencia y el
estudio, así como la de servir a la sociedad a través de la creación, desarrollo,
transmisión y crítica de la ciencia, de la tecnología y de la cultura, y de la preparación
para el ejercicio de actividades profesionales que exijan la aplicación de conocimientos y
métodos científicos, y el apoyo científico y técnico al desarrollo cultural, social y
económico, tanto estatal, como de las Comunidades Autónomas (arts. 1.1 y 1.2 de la Ley
Orgánica de Universidades, de 21 de diciembre en su nueva redacción dada por la Ley
Orgánica 4/2007, de 12 de abril), finalidades que la UNED recoge y especifica, entre
otros, en el artículo 4 de sus Estatutos.
Que, en concreto, y, de acuerdo a sus Estatutos, la UNED debe facilitar la enseñanza
universitaria y la continuidad de sus estudios a todas las personas capacitadas para
seguir estudios superiores que elijan el sistema educativo de la UNED por su
metodología o bien por razones laborales, económicas, de residencia o cualquier otra.
Que, para el cumplimiento de dicha finalidad, las enseñanzas pueden ser de carácter
reglado, es decir, conducentes a la obtención de títulos oficiales con validez en todo el
territorio nacional, y de educación permanente que pueden ser objeto de certificación o
diploma.
Que, a su vez, las enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de títulos
de carácter oficial se estructuran en tres ciclos, denominados respectivamente Grado,
Máster y Doctorado (art. 37 de la Ley Orgánica de Universidades, de 21 de diciembre, en
su nueva redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril), teniendo el título
de Máster como finalidad la adquisición por el estudiante de una formación avanzada, de
carácter especializado o multidisciplinar, orientada a la especialización académica o
profesional, o bien a promover la iniciación en tareas investigadoras (art. 10 del Real
Decreto 1393/2007, de 29 de octubre).
Que, asimismo, y en el ejercicio de su autonomía universitaria, la UNED está
capacitada para el establecimiento de relaciones con otras instituciones para la
cve: BOE-A-2021-10491
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
Núm. 149
Miércoles 23 de junio de 2021
Sec. III. Pág. 75859
por el art. 20. 1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE
del 24 de diciembre de 2001) y del art. 99 de los Estatutos de la UNED, aprobados por
Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre.
El segundo en nombre y representación del IEF, en virtud de las atribuciones que le
confiere el Real Decreto 63/2001, de 26 de enero (BOE de 27 de enero), por el que se
aprueba el Estatuto del Organismo Autónomo, y del Real Decreto 924/2018, de 20 de
julio (BOE de 21 de julio) por el que se le nombra Director del mismo.
La tercera, en nombre y representación de ICEX, en ejercicio de las competencias
que tiene atribuidas en virtud de su nombramiento efectuado por Real Decreto 848/2018,
de 6 de julio (publicado en BOE núm. 164 de 7 de julio de 2018) y de las atribuciones
que tiene conferidas por delegación de competencias del Consejo de Administración de
la entidad mediante Resolución de 30 de octubre de 2019 (BOE núm. 279, de 20 de
noviembre de 2019).
El cuarto, en nombre y representación de la Fundación Carolina según consta en
escritura de nombramiento otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid, don
José Blanco Losada, con fecha 19 de noviembre de 2018 y bajo número cinco mil
setecientos noventa y nueve de su protocolo.
En el carácter con que intervienen, se reconocen capacidad jurídica para formalizar
el presente Convenio.
EXPONEN
Que la UNED es una institución de derecho público, dotada de personalidad y plena
autonomía (Estatutos de la UNED, aprobados por Real Decreto 1239/2011, de 8 de
septiembre).
Que, asimismo, entre sus funciones generales, tiene la correspondiente a realizar el
servicio público de la educación superior mediante la investigación, la docencia y el
estudio, así como la de servir a la sociedad a través de la creación, desarrollo,
transmisión y crítica de la ciencia, de la tecnología y de la cultura, y de la preparación
para el ejercicio de actividades profesionales que exijan la aplicación de conocimientos y
métodos científicos, y el apoyo científico y técnico al desarrollo cultural, social y
económico, tanto estatal, como de las Comunidades Autónomas (arts. 1.1 y 1.2 de la Ley
Orgánica de Universidades, de 21 de diciembre en su nueva redacción dada por la Ley
Orgánica 4/2007, de 12 de abril), finalidades que la UNED recoge y especifica, entre
otros, en el artículo 4 de sus Estatutos.
Que, en concreto, y, de acuerdo a sus Estatutos, la UNED debe facilitar la enseñanza
universitaria y la continuidad de sus estudios a todas las personas capacitadas para
seguir estudios superiores que elijan el sistema educativo de la UNED por su
metodología o bien por razones laborales, económicas, de residencia o cualquier otra.
Que, para el cumplimiento de dicha finalidad, las enseñanzas pueden ser de carácter
reglado, es decir, conducentes a la obtención de títulos oficiales con validez en todo el
territorio nacional, y de educación permanente que pueden ser objeto de certificación o
diploma.
Que, a su vez, las enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de títulos
de carácter oficial se estructuran en tres ciclos, denominados respectivamente Grado,
Máster y Doctorado (art. 37 de la Ley Orgánica de Universidades, de 21 de diciembre, en
su nueva redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril), teniendo el título
de Máster como finalidad la adquisición por el estudiante de una formación avanzada, de
carácter especializado o multidisciplinar, orientada a la especialización académica o
profesional, o bien a promover la iniciación en tareas investigadoras (art. 10 del Real
Decreto 1393/2007, de 29 de octubre).
Que, asimismo, y en el ejercicio de su autonomía universitaria, la UNED está
capacitada para el establecimiento de relaciones con otras instituciones para la
cve: BOE-A-2021-10491
Verificable en https://www.boe.es
Primero.