III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Seguridad industrial. (BOE-A-2021-10487)
Resolución de 15 de junio de 2021, de la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se modifica la de 15 de marzo, por la que se amplía la relación de refrigerantes autorizados por el Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 149
Miércoles 23 de junio de 2021
Sec. III. Pág. 75836
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO
10487
Resolución de 15 de junio de 2021, de la Dirección General de Industria y de
la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se modifica la de 15 de marzo,
por la que se amplía la relación de refrigerantes autorizados por el
Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas.
En el BOE de 24 de marzo de 2021 se publicó la resolución de 15 de marzo de 2021
la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se
amplía la relación de refrigerantes autorizados por el Reglamento de Seguridad para
Instalaciones Frigoríficas aprobado por Real Decreto 552/2019, de 27 de septiembre.
Se ha detectado la existencia de información incompleta en el contenido de la
mencionada resolución y se hace necesario publicar la correspondiente modificación.
Los referidos datos incompletos consisten en la omisión debido a un error tipográfico
de dos datos del refrigerante RS-90 que deberían aparecer según el formato establecido
en el apéndice 1, tabla A, de la instrucción IF-02.
La ampliación que se trata de introducir, obedece a errores en la redacción de la
resolución previa y lo evidencia la comparación de la tabla A de la instrucción IF-02
publicada para la ampliación de refrigerantes con la publicada en el apéndice 1 del
Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas.
El apartado 4 de la Instrucción IF-02. Clasificación de refrigerantes, aprobada por el
Real Decreto 552/2019, de 27 de Septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de
seguridad para instalaciones frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias,
habilita al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo para autorizar, a petición de parte
interesada, la utilización de otros refrigerantes y mezclas, no incluidos en el apéndice 1,
previa determinación de cuantas características de prueba y uso sean precisas según lo
requerido en las prescripciones establecidas en el Reglamento de seguridad para
instalaciones frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias que lo desarrollan.
La Asociación del Frío y sus Tecnologías ha solicitado la ampliación de la relación de
refrigerantes autorizados por el Reglamento de seguridad de instalaciones frigoríficas,
con la inclusión del refrigerante con denominación comercial RS-90. Con la solicitud
se ha aportado la acreditación del producto mediante las tablas de propiedades
termodinámicas, químicas y físicas, las fichas de datos de seguridad y certificado del
productor del refrigerante.
El refrigerante RS-90 es una mezcla cuaternaria compuesta por un 38 % de 1,1,1,2,2
pentafluoretano o R-125, un 10 % de 1,1,1 trifluoretano o 143a, un 49,2 % de 1,1,1,2
tetrafluoretano o R-134a y un 2,8 % de 2 metilpropano (isobutano) o R-600a.
Vista la documentación presentada por el solicitante, esta Dirección General resuelve:
Ampliar la información referente al refrigerante RS-90 del apéndice 2, tabla A, de la
instrucción IF-02 con la inclusión del Grupo L y Clasificación según REP, conforme se
indica a continuación:
cve: BOE-A-2021-10487
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
Núm. 149
Miércoles 23 de junio de 2021
Sec. III. Pág. 75836
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO
10487
Resolución de 15 de junio de 2021, de la Dirección General de Industria y de
la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se modifica la de 15 de marzo,
por la que se amplía la relación de refrigerantes autorizados por el
Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas.
En el BOE de 24 de marzo de 2021 se publicó la resolución de 15 de marzo de 2021
la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se
amplía la relación de refrigerantes autorizados por el Reglamento de Seguridad para
Instalaciones Frigoríficas aprobado por Real Decreto 552/2019, de 27 de septiembre.
Se ha detectado la existencia de información incompleta en el contenido de la
mencionada resolución y se hace necesario publicar la correspondiente modificación.
Los referidos datos incompletos consisten en la omisión debido a un error tipográfico
de dos datos del refrigerante RS-90 que deberían aparecer según el formato establecido
en el apéndice 1, tabla A, de la instrucción IF-02.
La ampliación que se trata de introducir, obedece a errores en la redacción de la
resolución previa y lo evidencia la comparación de la tabla A de la instrucción IF-02
publicada para la ampliación de refrigerantes con la publicada en el apéndice 1 del
Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas.
El apartado 4 de la Instrucción IF-02. Clasificación de refrigerantes, aprobada por el
Real Decreto 552/2019, de 27 de Septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de
seguridad para instalaciones frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias,
habilita al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo para autorizar, a petición de parte
interesada, la utilización de otros refrigerantes y mezclas, no incluidos en el apéndice 1,
previa determinación de cuantas características de prueba y uso sean precisas según lo
requerido en las prescripciones establecidas en el Reglamento de seguridad para
instalaciones frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias que lo desarrollan.
La Asociación del Frío y sus Tecnologías ha solicitado la ampliación de la relación de
refrigerantes autorizados por el Reglamento de seguridad de instalaciones frigoríficas,
con la inclusión del refrigerante con denominación comercial RS-90. Con la solicitud
se ha aportado la acreditación del producto mediante las tablas de propiedades
termodinámicas, químicas y físicas, las fichas de datos de seguridad y certificado del
productor del refrigerante.
El refrigerante RS-90 es una mezcla cuaternaria compuesta por un 38 % de 1,1,1,2,2
pentafluoretano o R-125, un 10 % de 1,1,1 trifluoretano o 143a, un 49,2 % de 1,1,1,2
tetrafluoretano o R-134a y un 2,8 % de 2 metilpropano (isobutano) o R-600a.
Vista la documentación presentada por el solicitante, esta Dirección General resuelve:
Ampliar la información referente al refrigerante RS-90 del apéndice 2, tabla A, de la
instrucción IF-02 con la inclusión del Grupo L y Clasificación según REP, conforme se
indica a continuación:
cve: BOE-A-2021-10487
Verificable en https://www.boe.es
Primero.