I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. (BOE-A-2021-10418)
Real Decreto 440/2021, de 22 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 263/2019, de 12 de abril, por el que se regula el Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 23 de junio de 2021

Sec. I. Pág. 75581

Siendo el presupuesto total de 356.944.906 euros, todo ello con origen en el
Fondo Nacional de Eficiencia Energética, creado por la Ley 18/2014, de 15 de
octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y
la eficiencia, cuya gestión se ha encomendado al IDAE de conformidad con lo
previsto en el artículo 73.2 de la misma.
La citada ley ha sido modificada recientemente por el Real Decreto-ley 23/2020,
de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros
ámbitos para la reactivación económica, entre otros aspectos, para extender la
vigencia de este sistema hasta el año 2030, ampliando su alcance a un nuevo
período de obligación, del 1 de enero de 2021 al 31 de diciembre de 2030, en
cumplimiento del mandato contenido en el artículo 2 de la Directiva (UE) 2018/2002
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, por la que se
modifica la Directiva 2012/27/UE relativa a la eficiencia energética, para que la Unión
Europea logre sus objetivos de eficiencia energética para 2030.
La conclusión inicial de la vigencia del programa se estableció para el 31 de
diciembre de 2020, siempre que no se hubieran cursado solicitudes suficientes para
agotar el presupuesto disponible. No obstante, el grado de ejecución del programa,
como consecuencia del efecto negativo que el COVID-19 estaba produciendo en el
tejido industrial español, hizo recomendable la ampliación de dicha vigencia hasta
el 30 de junio de 2021, lo que se llevó a cabo mediante el Real Decreto 1186/2020,
de 29 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 263/2019, de 12 de abril,
por el que se regula el Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia
energética en PYME y gran empresa del sector industrial.
Persistiendo los efectos negativos del COVID-19 en este tejido industrial, que se
estima no se superarán plenamente hasta bien entrado el año 2023 en ausencia de
las adecuadas políticas de impulso, el grado de ejecución del programa vuelve a
hacer recomendable una nueva ampliación de su plazo de vigencia durante un
período de dos años más, hasta el 30 de junio de 2023, periodo que se considera
necesario para garantizar la realización del número de actuaciones elegibles del
programa inicialmente previstas, en consonancia con las obligaciones de reducción
de consumo de energía final establecidas por la normativa europea, así como la
posibilidad de la realización de un mayor volumen de actuaciones que contribuyan,
al mismo tiempo, a la necesaria recuperación económica y social de dicho tejido
industrial tras la pandemia del COVID-19, atendiendo con ello también al
cumplimiento de los objetivos de ahorro energético en el sector industrial
establecidos en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) 2021-2030.
Por otra parte, se considera necesario adaptar el anexo I del Real
Decreto 263/2019, de 12 de abril, al objeto de que éste pueda contemplar las últimas
modificaciones de los mapas de ayudas regionales de España que resulten
aprobados por la Comisión Europea, en los distintos períodos que resulten de
aplicación durante la vigencia del mismo, tanto en el contexto de las vigentes
Directrices sobre las ayudas estatales de finalidad regional para 2014-2020
(2013/C 209/01), como en cualquier otro que resulte de aplicación al respecto,
eliminando las específicas referencias que se realizan a determinadas comunidades
autónomas.
Este real decreto se ha elaborado conforme a los principios de necesidad,
eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia que
establece el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cumple con los principios de necesidad y eficacia dado que, con la aprobación
de este real decreto se facilita la realización del volumen de actuaciones elegibles
del programa inicialmente previsto, dado su insuficiente grado de ejecución debido a
la pandemia generada por el COVID-19, favoreciendo con ello el cumplimiento de
sus objetivos y la recuperación económica y social del tejido industrial español. Por

cve: BOE-A-2021-10418
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Núm. 149