II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2021-10304)
Resolución de 2 de junio de 2021, de la Universidad de Oviedo, por la que se convoca concurso oposición libre para la provisión de plaza de personal laboral de Técnico Especialista en Laboratorio, Grupo III.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 147
Lunes 21 de junio de 2021
Sec. II.B. Pág. 74868
8.5 Finalizadas las pruebas selectivas, la Comisión Calificadora hará pública, en el
tablón de anuncios de la Gerencia, en la página web de la Universidad, en el lugar o
lugares de celebración de los ejercicios, así como en la sede de la Comisión señalada en
la base 7.8, y en aquellos otros que estime oportuno, la relación de aspirantes
aprobados, por orden de puntuación alcanzada.
8.6 La Comisión Calificadora elevará al Rector la correspondiente propuesta para la
adjudicación de la plaza al candidato seleccionado.
9.ª
Formalización del contrato
9.1 Antes de la formalización del contrato, el candidato seleccionado deberá
justificar adecuadamente, en un plazo de veinte días naturales desde que se haga
pública la lista de aprobados, los requisitos siguientes:
a) Fotocopia compulsada del Título de Bachiller Superior, Formación Profesional
de 2.º grado o equivalente.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse
inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas mediante sentencia judicial
firme.
c) Certificación acreditativa de no padecer enfermedad ni limitaciones físicas o
psíquicas que le imposibiliten para el desempeño de sus funciones, expedido por el
médico, especialista en medicina del trabajo, de la Universidad de Oviedo.
9.2 El Rector de la Universidad de Oviedo procederá a la formalización del contrato
y, hasta tanto no se formalice, el aspirante no tendrá derecho a percepción económica
alguna.
10.ª
Incorporación y período de prueba
10.1 La incorporación al puesto de trabajo se efectuará una vez formalizado el
contrato, quedando sujeto al período de prueba que establece el artículo 14 del Texto
Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
10.2 El candidato que supere el período de prueba satisfactoriamente adquirirá la
condición de personal laboral fijo.
Norma final
La Convocatoria y sus bases podrán ser impugnadas en el plazo de 2 meses ante la
jurisdicción contencioso-administrativa, mediante recurso contencioso-administrativo,
conforme al artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa. Previamente y con carácter potestativo, se podrá interponer
recurso de reposición ante el Rector, en el plazo de un mes, a tenor del art. 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Los actos administrativos de la Comisión Calificadora podrán ser impugnados
mediante recurso de alzada ante el Rector de la Universidad de Oviedo, en el plazo de
un mes, conforme determina el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Oviedo, 2 de junio de 2021.–El Rector, Ángel Ignacio Villaverde Menéndez.
cve: BOE-A-2021-10304
Verificable en https://www.boe.es
11.ª
Núm. 147
Lunes 21 de junio de 2021
Sec. II.B. Pág. 74868
8.5 Finalizadas las pruebas selectivas, la Comisión Calificadora hará pública, en el
tablón de anuncios de la Gerencia, en la página web de la Universidad, en el lugar o
lugares de celebración de los ejercicios, así como en la sede de la Comisión señalada en
la base 7.8, y en aquellos otros que estime oportuno, la relación de aspirantes
aprobados, por orden de puntuación alcanzada.
8.6 La Comisión Calificadora elevará al Rector la correspondiente propuesta para la
adjudicación de la plaza al candidato seleccionado.
9.ª
Formalización del contrato
9.1 Antes de la formalización del contrato, el candidato seleccionado deberá
justificar adecuadamente, en un plazo de veinte días naturales desde que se haga
pública la lista de aprobados, los requisitos siguientes:
a) Fotocopia compulsada del Título de Bachiller Superior, Formación Profesional
de 2.º grado o equivalente.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse
inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas mediante sentencia judicial
firme.
c) Certificación acreditativa de no padecer enfermedad ni limitaciones físicas o
psíquicas que le imposibiliten para el desempeño de sus funciones, expedido por el
médico, especialista en medicina del trabajo, de la Universidad de Oviedo.
9.2 El Rector de la Universidad de Oviedo procederá a la formalización del contrato
y, hasta tanto no se formalice, el aspirante no tendrá derecho a percepción económica
alguna.
10.ª
Incorporación y período de prueba
10.1 La incorporación al puesto de trabajo se efectuará una vez formalizado el
contrato, quedando sujeto al período de prueba que establece el artículo 14 del Texto
Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
10.2 El candidato que supere el período de prueba satisfactoriamente adquirirá la
condición de personal laboral fijo.
Norma final
La Convocatoria y sus bases podrán ser impugnadas en el plazo de 2 meses ante la
jurisdicción contencioso-administrativa, mediante recurso contencioso-administrativo,
conforme al artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa. Previamente y con carácter potestativo, se podrá interponer
recurso de reposición ante el Rector, en el plazo de un mes, a tenor del art. 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Los actos administrativos de la Comisión Calificadora podrán ser impugnados
mediante recurso de alzada ante el Rector de la Universidad de Oviedo, en el plazo de
un mes, conforme determina el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Oviedo, 2 de junio de 2021.–El Rector, Ángel Ignacio Villaverde Menéndez.
cve: BOE-A-2021-10304
Verificable en https://www.boe.es
11.ª