III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Convenios. (BOE-A-2021-10323)
Resolución de 16 de junio de 2021, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Abogados de Granada.
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 147
Lunes 21 de junio de 2021
Sec. III. Pág. 75032
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE HACIENDA
10323
Resolución de 16 de junio de 2021, de la Dirección General del Catastro, por
la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Abogados de
Granada.
Habiéndose suscrito entre la Dirección General del Catastro y el Colegio Oficial de
Abogados de Granada un Convenio de colaboración en materia de Gestión Catastral,
procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura
como anexo de esta Resolución.
Madrid, 16 de junio de 2021.–El Director General del Catastro, Fernando de Aragón
Amunárriz.
ANEXO
Convenio entre la Secretaria de Estado de Hacienda (Dirección General del
Catastro) y el Colegio de Abogados de Granada en materia de Gestión Catastral
En Madrid y Granada, a dos de junio del año dos mil veintiuno.
De una parte: Don Fernando de Aragón Amunárriz, Director General del Catastro, en
virtud del Real Decreto 752/2016, de 30 de diciembre (BOE n.º 316, de 31 de diciembre)
en ejercicio de las competencias que tiene delegadas de conformidad con el artículo 17
de la Orden HAC/134/2021, de 17 de febrero, de delegación de competencias y por la
que se fijan los límites de las competencias de gestión presupuestaria y concesión de
subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías de Estado (BOE de 18 de
febrero de 2021).
De otra parte: Don Leandro Cabrera Mercado, Decano del Ilustre Colegio de
Abogados de Granada, elegido en la Junta General Ordinaria de Colegiados celebrada
el 28 de diciembre de 2018 cuya representación desempeña de conformidad con el
artículo 55 de los Estatutos del Colegio de Abogados de Granada, aprobados por Orden
de 20 de febrero de 2014 de la Consejería de Justicia e Interior de la Junta de Andalucía
(BOJA de 5 de marzo).
EXPONEN
El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece en su artículo 4 que la formación y
mantenimiento del Catastro Inmobiliario y la difusión de la información catastral es de
competencia exclusiva del Estado y que dichas funciones se ejercerán por la Dirección
General del Catastro, directamente o a través de las distintas fórmulas de colaboración
que se establezcan con las diferentes Administraciones, Entidades y Corporaciones
Públicas.
Por su parte, la Dirección General del Catastro ejercerá las funciones relativas a la
formación, mantenimiento, valoración y demás actuaciones inherentes al Catastro
Inmobiliario, de conformidad con el Real Decreto 689/2020, de 21 de julio, por el que se
desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y se modifica el Real
Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica
de los departamentos ministeriales.
cve: BOE-A-2021-10323
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
Núm. 147
Lunes 21 de junio de 2021
Sec. III. Pág. 75032
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE HACIENDA
10323
Resolución de 16 de junio de 2021, de la Dirección General del Catastro, por
la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Abogados de
Granada.
Habiéndose suscrito entre la Dirección General del Catastro y el Colegio Oficial de
Abogados de Granada un Convenio de colaboración en materia de Gestión Catastral,
procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura
como anexo de esta Resolución.
Madrid, 16 de junio de 2021.–El Director General del Catastro, Fernando de Aragón
Amunárriz.
ANEXO
Convenio entre la Secretaria de Estado de Hacienda (Dirección General del
Catastro) y el Colegio de Abogados de Granada en materia de Gestión Catastral
En Madrid y Granada, a dos de junio del año dos mil veintiuno.
De una parte: Don Fernando de Aragón Amunárriz, Director General del Catastro, en
virtud del Real Decreto 752/2016, de 30 de diciembre (BOE n.º 316, de 31 de diciembre)
en ejercicio de las competencias que tiene delegadas de conformidad con el artículo 17
de la Orden HAC/134/2021, de 17 de febrero, de delegación de competencias y por la
que se fijan los límites de las competencias de gestión presupuestaria y concesión de
subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías de Estado (BOE de 18 de
febrero de 2021).
De otra parte: Don Leandro Cabrera Mercado, Decano del Ilustre Colegio de
Abogados de Granada, elegido en la Junta General Ordinaria de Colegiados celebrada
el 28 de diciembre de 2018 cuya representación desempeña de conformidad con el
artículo 55 de los Estatutos del Colegio de Abogados de Granada, aprobados por Orden
de 20 de febrero de 2014 de la Consejería de Justicia e Interior de la Junta de Andalucía
(BOJA de 5 de marzo).
EXPONEN
El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece en su artículo 4 que la formación y
mantenimiento del Catastro Inmobiliario y la difusión de la información catastral es de
competencia exclusiva del Estado y que dichas funciones se ejercerán por la Dirección
General del Catastro, directamente o a través de las distintas fórmulas de colaboración
que se establezcan con las diferentes Administraciones, Entidades y Corporaciones
Públicas.
Por su parte, la Dirección General del Catastro ejercerá las funciones relativas a la
formación, mantenimiento, valoración y demás actuaciones inherentes al Catastro
Inmobiliario, de conformidad con el Real Decreto 689/2020, de 21 de julio, por el que se
desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y se modifica el Real
Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica
de los departamentos ministeriales.
cve: BOE-A-2021-10323
Verificable en https://www.boe.es
Primero.