II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2021-10311)
Resolución de 14 de junio de 2021, de la Universidad de Cantabria, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Administrativa, especialidad Informática, Subgrupo C1.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 147

Lunes 21 de junio de 2021

Sec. II.B. Pág. 74952

– Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento,
debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
– Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan sufrido
daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten
mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se
reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación
de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.
– Las víctimas de la violencia de género a las que hace referencia la Ley
Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la
Violencia de Género, y sus hijos o hijas; para ello deberán aportar la resolución judicial
otorgando la orden de protección a favor de la víctima, sentencia condenatoria, medida
cautelar a favor de la víctima o cualquier otra en el que el órgano judicial estime la
existencia de cualquiera de los delitos o faltas.
– Los miembros de familias numerosas, debiendo acompañar a la solicitud certificado
acreditativo de tal condición.
En su caso, el certificado acreditativo indicado en el apartado 3.4.

3.4 Las personas que padezcan alguna discapacidad podrán indicarlo en el
impreso y solicitar, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la
realización de los ejercicios en los que esta adaptación sea necesaria, expresándolo en
la correspondiente casilla de la solicitud. Con el fin de que el Tribunal puede resolver con
objetividad la solicitud planteada, la persona deberá adjuntar certificado acreditativo del
grado de discapacidad emitido por el órgano técnico de valoración que lo dictaminó.
3.5 Asimismo, las solicitudes podrán presentarse cumplimentado e imprimiendo del
formulario disponible en Sede Electrónica de la Universidad de Cantabria (https://
sede.unican.es/tramites-y-procedimientos) utilizando el procedimiento «Pruebas selectivas
del PAS», a la que se adjuntará la documentación requerida en el apartado 3.3.
3.6 En este caso, la presentación de solicitudes y la documentación requerida se
realizará en la Oficina de Asistencia en Materia de Registro de esta Universidad,
Pabellón de Gobierno, Avda. de los Castros, 54, 39005 Santander, bien directamente, o
a través de las restantes formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán
entregarse en sobre abierto para ser fechadas y selladas por la persona empleada de
Correos antes de ser certificadas.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en el plazo expresado, a
través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes,
quienes las remitirán seguidamente a esta Universidad.
Todas aquellas solicitudes que no sean presentadas siguiendo el procedimiento
descrito, se considerarán entregadas en la fecha en que tengan entrada en la Oficina de
Asistencia en Materia de Registro de la Universidad de Cantabria.
3.7 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición de la persona interesada.
3.8 Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho constar
en sus solicitudes, pudiendo únicamente solicitar su modificación mediante escrito motivado,
dentro del plazo establecido en la base 3.2 para la presentación de solicitudes. Transcurrido
dicho plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza, salvo causa excepcional
sobrevenida, justificada y discrecionalmente apreciada por el Tribunal.
3.9 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si
una incidencia técnica debidamente acreditada imposibilitara el funcionamiento ordinario
de los sistemas de presentación de solicitudes, y hasta que se solucione el problema, el
órgano convocante podrá acordar la ampliación del plazo de presentación de solicitudes
o la cumplimentación y presentación sustitutoria siempre que dicho plazo no hubiera

cve: BOE-A-2021-10311
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3.3.4