II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE JUSTICIA. Carrera Fiscal. (BOE-A-2021-10273)
Orden JUS/630/2021, de 16 de junio, por la que se convocan para su provisión destinos vacantes en la Carrera Fiscal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 147
Lunes 21 de junio de 2021
Sec. II.B. Pág. 74716
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos
MINISTERIO DE JUSTICIA
10273
Orden JUS/630/2021, de 16 de junio, por la que se convocan para su
provisión destinos vacantes en la Carrera Fiscal.
De acuerdo con lo previsto en los artículos 13, 35, 36, 37 y 38 de la Ley 50/1981,
de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, en
relación con el artículo 41 del mismo cuerpo legal,
Este Ministerio, a propuesta de la Fiscal General del Estado, acuerda anunciar los
destinos vacantes que se relacionan en el anexo I de esta convocatoria y que se
proveerán por el sistema de libre designación, con arreglo a las siguientes bases:
Primera.
Para participar en este procedimiento de provisión, será preciso:
– Plaza de la primera categoría: Fiscal de Sala. Podrán participar en el mismo los
miembros del Ministerio Fiscal pertenecientes a la mencionada categoría y aquellos
fiscales de la categoría segunda que cuenten, al menos, con veinte años de servicio en
la Carrera Fiscal.
– Plaza de la segunda categoría: Teniente Fiscal Inspector. Podrán participar en el
mismo los miembros del Ministerio Fiscal pertenecientes a la mencionada categoría que
cuenten, al menos, con quince años de servicio en la Carrera Fiscal.
– Plaza de la segunda categoría: Fiscal de la Fiscalía ante el Tribunal Constitucional.
Podrán participar en el mismo los miembros del Ministerio Fiscal pertenecientes a la
mencionada categoría que cuenten, al menos, con quince años de servicio en la Carrera
Fiscal.
– Plaza de la segunda categoría: Teniente Fiscal de Fiscalía de Comunidad
Autónoma. Podrán participar en el mismo los miembros del Ministerio Fiscal
pertenecientes a la mencionada categoría.
Las solicitudes, dirigidas al señor Ministro de Justicia, se cumplimentarán según
el modelo que figura como anexo II a esta convocatoria, y se presentarán en el plazo
de diez días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta
orden en el «Boletín Oficial del Estado», en el Registro de la Fiscalía General
del Estado (calle Fortuny, 4, 28071 Madrid), a través del correo electrónico
fge.secretaria.inspeccionfiscal@fiscal.es, o en el Registro General del Ministerio
de Justicia (calle Bolsa, n.º 8, 28071 Madrid). Todos los interesados deberán
comunicar al Fiscal Jefe respectivo que han formulado petición; los Fiscales Jefes
darán cuenta a la Inspección Fiscal de la relación de peticionarios al día siguiente
del vencimiento del plazo.
Tercera.
Los solicitantes podrán acompañar a su instancia informe de sus respectivos Jefes,
relación circunstanciada de méritos, publicaciones, títulos académicos o profesionales, y
cuantos otros datos relativos a su actividad profesional estimen de interés. Asimismo, los
solicitantes de plazas que impliquen cargos de Jefatura aportarán un plan de actuación.
cve: BOE-A-2021-10273
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.
Núm. 147
Lunes 21 de junio de 2021
Sec. II.B. Pág. 74716
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos
MINISTERIO DE JUSTICIA
10273
Orden JUS/630/2021, de 16 de junio, por la que se convocan para su
provisión destinos vacantes en la Carrera Fiscal.
De acuerdo con lo previsto en los artículos 13, 35, 36, 37 y 38 de la Ley 50/1981,
de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, en
relación con el artículo 41 del mismo cuerpo legal,
Este Ministerio, a propuesta de la Fiscal General del Estado, acuerda anunciar los
destinos vacantes que se relacionan en el anexo I de esta convocatoria y que se
proveerán por el sistema de libre designación, con arreglo a las siguientes bases:
Primera.
Para participar en este procedimiento de provisión, será preciso:
– Plaza de la primera categoría: Fiscal de Sala. Podrán participar en el mismo los
miembros del Ministerio Fiscal pertenecientes a la mencionada categoría y aquellos
fiscales de la categoría segunda que cuenten, al menos, con veinte años de servicio en
la Carrera Fiscal.
– Plaza de la segunda categoría: Teniente Fiscal Inspector. Podrán participar en el
mismo los miembros del Ministerio Fiscal pertenecientes a la mencionada categoría que
cuenten, al menos, con quince años de servicio en la Carrera Fiscal.
– Plaza de la segunda categoría: Fiscal de la Fiscalía ante el Tribunal Constitucional.
Podrán participar en el mismo los miembros del Ministerio Fiscal pertenecientes a la
mencionada categoría que cuenten, al menos, con quince años de servicio en la Carrera
Fiscal.
– Plaza de la segunda categoría: Teniente Fiscal de Fiscalía de Comunidad
Autónoma. Podrán participar en el mismo los miembros del Ministerio Fiscal
pertenecientes a la mencionada categoría.
Las solicitudes, dirigidas al señor Ministro de Justicia, se cumplimentarán según
el modelo que figura como anexo II a esta convocatoria, y se presentarán en el plazo
de diez días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta
orden en el «Boletín Oficial del Estado», en el Registro de la Fiscalía General
del Estado (calle Fortuny, 4, 28071 Madrid), a través del correo electrónico
fge.secretaria.inspeccionfiscal@fiscal.es, o en el Registro General del Ministerio
de Justicia (calle Bolsa, n.º 8, 28071 Madrid). Todos los interesados deberán
comunicar al Fiscal Jefe respectivo que han formulado petición; los Fiscales Jefes
darán cuenta a la Inspección Fiscal de la relación de peticionarios al día siguiente
del vencimiento del plazo.
Tercera.
Los solicitantes podrán acompañar a su instancia informe de sus respectivos Jefes,
relación circunstanciada de méritos, publicaciones, títulos académicos o profesionales, y
cuantos otros datos relativos a su actividad profesional estimen de interés. Asimismo, los
solicitantes de plazas que impliquen cargos de Jefatura aportarán un plan de actuación.
cve: BOE-A-2021-10273
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Segunda.