III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2021-10206)
Resolución de 9 de junio de 2021, del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se publica el Convenio con el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, para el desarrollo conjunto de proyectos de índole cinematográfico y audiovisual.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 145
Viernes 18 de junio de 2021
Sec. III. Pág. 74438
– Habilitar el acceso gratuito de los empleados públicos y del personal que presta
servicios en cada organismo a las salas respectivas de proyecciones.
– Establecer fórmulas de colaboración conjunta en el desarrollo de la formación
teórico-práctica del personal de la Filmoteca Española y del MNCARS en ámbitos de
relevancia audiovisual.
– Colaborar en la celebración de exposiciones temporales que se co-organicen entre
las partes.
– Colaborar en la aplicación de métodos y criterios de conservación y restauración
en las colecciones fílmicas y cinematográficas
– Establecer los cauces de acceso a los fondos documentales de la Filmoteca
Española (biblioteca Dolores Devesa y archivo y fondos documentales cinematográficos)
y del MNCARS (biblioteca y centro de documentación), en el ámbito de los proyectos de
índole audiovisual organizados entre las partes.
Las proyecciones que se realicen como consecuencia de las acciones previstas en
este convenio tendrán lugar en el Auditorio Sabatini y en la sala de verano del MNCARS
así como en la sala de proyecciones de la Filmoteca Española (cine Doré)
Segunda. Obligaciones de las partes.
1.
El ICAA, a través de la Filmoteca Española, asume las siguientes obligaciones:
a) Organizar conjuntamente con el MNCARS un ciclo audiovisual cada año, lo que
incluirá la localización de películas, gestión de los derechos de propiedad intelectual y
gestión del subtitulado electrónico, cuando fuese preciso. Así como, organizar la
presentación y coloquios y coordinar la asistencia de los artistas y ponentes que
participen en las sesiones del ciclo. Igualmente, en la organización del citado ciclo podrá
incluirse una publicación, que será objeto de coedición entre las partes.
b) Permitir el acceso gratuito a la sala de proyecciones del cine Doré en las
programaciones públicas que no requieran de invitación al personal que presta sus
servicios en el MNCARS, incluida su sala de verano, en lo relativo a sus proyecciones
audiovisuales.
c) Proceder de modo preferente al préstamo temporal de fondos fílmicos y
cinematográficos pertenecientes a las colecciones de la Filmoteca Española para
actividades de exposición del MNCARS, conforme a las buenas prácticas entre museos.
d) Establecer los cauces de colaboración entre los respectivos servicios de la
Biblioteca, Centro de Documentación del MNCARS y de la Filmoteca Española. En este
sentido, se habilitará el préstamo bibliotecario en ambas bibliotecas para investigadores
de ambas instituciones que así lo soliciten.
e) Colaborar en la celebración de exposiciones temporales, actividades didácticas y
eventos culturales programados por el MNCARS.
f) Difundir la colaboración en los proyectos y actividades conjuntas que se realicen
con motivo de este convenio, a través de los respectivos canales de comunicación.
El MNCARS asume las siguientes obligaciones:
a) Organizar junto al ICAA, a través de Filmoteca española, un ciclo audiovisual
cada año, lo que incluirá la localización de películas, gestión de los derechos de
propiedad intelectual y gestión del subtitulado electrónico cuando fuese preciso.
Asimismo, organizar la presentación y coloquios y coordinar la asistencia de los artistas y
ponentes que participen en las sesiones del ciclo. En el marco del ciclo de cine de
organización conjunta, las partes podrán acordar llevar a cabo la coedición de una
publicación que lo acompañe.
b) Permitir el acceso gratuito a la actividad expositiva del MNCARS a los
trabajadores del ICAA.
cve: BOE-A-2021-10206
Verificable en https://www.boe.es
2.
Núm. 145
Viernes 18 de junio de 2021
Sec. III. Pág. 74438
– Habilitar el acceso gratuito de los empleados públicos y del personal que presta
servicios en cada organismo a las salas respectivas de proyecciones.
– Establecer fórmulas de colaboración conjunta en el desarrollo de la formación
teórico-práctica del personal de la Filmoteca Española y del MNCARS en ámbitos de
relevancia audiovisual.
– Colaborar en la celebración de exposiciones temporales que se co-organicen entre
las partes.
– Colaborar en la aplicación de métodos y criterios de conservación y restauración
en las colecciones fílmicas y cinematográficas
– Establecer los cauces de acceso a los fondos documentales de la Filmoteca
Española (biblioteca Dolores Devesa y archivo y fondos documentales cinematográficos)
y del MNCARS (biblioteca y centro de documentación), en el ámbito de los proyectos de
índole audiovisual organizados entre las partes.
Las proyecciones que se realicen como consecuencia de las acciones previstas en
este convenio tendrán lugar en el Auditorio Sabatini y en la sala de verano del MNCARS
así como en la sala de proyecciones de la Filmoteca Española (cine Doré)
Segunda. Obligaciones de las partes.
1.
El ICAA, a través de la Filmoteca Española, asume las siguientes obligaciones:
a) Organizar conjuntamente con el MNCARS un ciclo audiovisual cada año, lo que
incluirá la localización de películas, gestión de los derechos de propiedad intelectual y
gestión del subtitulado electrónico, cuando fuese preciso. Así como, organizar la
presentación y coloquios y coordinar la asistencia de los artistas y ponentes que
participen en las sesiones del ciclo. Igualmente, en la organización del citado ciclo podrá
incluirse una publicación, que será objeto de coedición entre las partes.
b) Permitir el acceso gratuito a la sala de proyecciones del cine Doré en las
programaciones públicas que no requieran de invitación al personal que presta sus
servicios en el MNCARS, incluida su sala de verano, en lo relativo a sus proyecciones
audiovisuales.
c) Proceder de modo preferente al préstamo temporal de fondos fílmicos y
cinematográficos pertenecientes a las colecciones de la Filmoteca Española para
actividades de exposición del MNCARS, conforme a las buenas prácticas entre museos.
d) Establecer los cauces de colaboración entre los respectivos servicios de la
Biblioteca, Centro de Documentación del MNCARS y de la Filmoteca Española. En este
sentido, se habilitará el préstamo bibliotecario en ambas bibliotecas para investigadores
de ambas instituciones que así lo soliciten.
e) Colaborar en la celebración de exposiciones temporales, actividades didácticas y
eventos culturales programados por el MNCARS.
f) Difundir la colaboración en los proyectos y actividades conjuntas que se realicen
con motivo de este convenio, a través de los respectivos canales de comunicación.
El MNCARS asume las siguientes obligaciones:
a) Organizar junto al ICAA, a través de Filmoteca española, un ciclo audiovisual
cada año, lo que incluirá la localización de películas, gestión de los derechos de
propiedad intelectual y gestión del subtitulado electrónico cuando fuese preciso.
Asimismo, organizar la presentación y coloquios y coordinar la asistencia de los artistas y
ponentes que participen en las sesiones del ciclo. En el marco del ciclo de cine de
organización conjunta, las partes podrán acordar llevar a cabo la coedición de una
publicación que lo acompañe.
b) Permitir el acceso gratuito a la actividad expositiva del MNCARS a los
trabajadores del ICAA.
cve: BOE-A-2021-10206
Verificable en https://www.boe.es
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