III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Convenios. (BOE-A-2021-10195)
Resolución de 11 de junio de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad a Distancia de Madrid, para la realización de prácticas académicas de los alumnos de grado y de posgrado en la Consejería de Educación en Marruecos.
12 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 145
Viernes 18 de junio de 2021
Novena.
Sec. III. Pág. 74341
Naturaleza y resolución de controversias.
Este convenio tiene naturaleza administrativa, quedando sometido al régimen jurídico
de convenios previsto en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
El Ministerio de Educación y Formación Profesional y LA Universidad se
comprometen a resolver de común acuerdo las eventuales discrepancias que puedan
surgir en el desarrollo del presente convenio, y en su defecto se someterán a la
jurisdicción contencioso-administrativa.
cve: BOE-A-2021-10195
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad, firman el presente documento a fecha de la firma
digital, tomándose como referencia a efectos de fecha del convenio la fecha de la última
de las firmas.–9 de junio de 2021, por el Ministerio de Educación y Formación
Profesional, la Ministra de Educación y Formación Profesional, P. D. (Orden
EFP/43/2021, de 21 de enero), el Director General de Planificación y Gestión Educativa,
Diego Fernández Alberdi, P.D.F. (artículo 12 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre), la
Consejera de Educación en Marruecos, María Antonia Trujillo Rincón.–9 de junio
de 2021, por la Universidad a Distancia de Madrid, la Rectora, nombrada en Consejo de
Ministros el 14 de septiembre 2016, María Concepción Burgos García.
Núm. 145
Viernes 18 de junio de 2021
Novena.
Sec. III. Pág. 74341
Naturaleza y resolución de controversias.
Este convenio tiene naturaleza administrativa, quedando sometido al régimen jurídico
de convenios previsto en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
El Ministerio de Educación y Formación Profesional y LA Universidad se
comprometen a resolver de común acuerdo las eventuales discrepancias que puedan
surgir en el desarrollo del presente convenio, y en su defecto se someterán a la
jurisdicción contencioso-administrativa.
cve: BOE-A-2021-10195
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad, firman el presente documento a fecha de la firma
digital, tomándose como referencia a efectos de fecha del convenio la fecha de la última
de las firmas.–9 de junio de 2021, por el Ministerio de Educación y Formación
Profesional, la Ministra de Educación y Formación Profesional, P. D. (Orden
EFP/43/2021, de 21 de enero), el Director General de Planificación y Gestión Educativa,
Diego Fernández Alberdi, P.D.F. (artículo 12 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre), la
Consejera de Educación en Marruecos, María Antonia Trujillo Rincón.–9 de junio
de 2021, por la Universidad a Distancia de Madrid, la Rectora, nombrada en Consejo de
Ministros el 14 de septiembre 2016, María Concepción Burgos García.