III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2021-10198)
Resolución de 11 de junio de 2021, de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria, por la que se publica el Convenio con Sistema Azud, SA, para el desarrollo del proyecto "Ensayo de riego localizado subterráneo en almendro" en las instalaciones del Centro Nacional de Tecnología de Regadíos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 145

Viernes 18 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 74359

Séptimo.
El presente convenio se incluye en el tipo de los suscritos entre una administración
pública y un sujeto de derecho privado, según lo establecido en el artículo 47.2 c) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, siéndole de
aplicación lo regulado en el capítulo VI del título preliminar de la misma.
Octavo.
Que, de acuerdo con lo arriba expuesto, las Partes, con el fin de formalizar los
términos y condiciones de su colaboración en la ejecución del Proyecto, acuerdan
suscribir este convenio que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del convenio.

El presente convenio tiene por objeto establecer los términos y condiciones de
colaboración entre el MAPA y Azud para el desarrollo conjunto del «ensayo de riego
localizado subterráneo en almendro» (el Proyecto) en las instalaciones de CENTER.
El objeto del proyecto pasa por el establecimiento, en primer lugar de una plantación
viable de almendro en dos tipos diferentes de marco productivo, intensivo y
superintensivo. Una vez que la plantación sea viable se opta por planificar un ensayo
comparativo de rendimiento entre un manejo de riego por goteo subterráneo a través de
sondas vs manejo convencional de riego.
Segunda.
2.1

Obligaciones de las partes.

Son obligaciones del MAPA:

La dirección del ensayo y de ejecución y coordinación de las tareas en el área de
desarrollo, incluyendo las labores de mantenimiento de la instalación, las labores
culturales y la toma de datos durante el periodo indicado como duración del proyecto.
Facilitar toda la información que se le pudiera solicitar para la correcta evolución y
desarrollo del Proyecto.
Convocar a instancia de Azud o de la Comisión de Seguimiento a las que se refiere
la cláusula cuarta.
La publicación de los resultados del Proyecto a través de su página web, acordados
con Azud.
La difusión de la colaboración con Azud en los términos previstos en la Cláusula
quinta para la difusión de los resultados.
La transmisión de la información sobre el desarrollo del Proyecto según refleja el
Anexo.
2.2

Son obligaciones del Azud:

Tercera.

Financiación.

El presente convenio no obliga a aportaciones dinerarias por las partes. Azud
aportará los materiales a instalar incluidos en el Anexo y el MAPA la mano de obra para
la instalación así como las labores de mantenimiento y la toma de datos.

cve: BOE-A-2021-10198
Verificable en https://www.boe.es

El aporte de los materiales reflejados en el Anexo.
Facilitar la información no confidencial que se le pudiera solicitar para la correcta
evolución y desarrollo del Proyecto.