III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-10203)
Resolución de 11 de junio de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan Nacional de depuración, saneamiento, eficiencia, ahorro y reutilización.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 145

Viernes 18 de junio de 2021

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ANEXO 2

Tipos de efectos

Depuración y saneamiento en el ámbito urbano

Reutilización del agua

Efectos
favorables
esperados.

– Reducción de la carga contaminante, DBO (tratamiento secundario).
– Cumplimiento de los requisitos de la normativa vigente: D.
91/271/CEE y RD 509/1996 (de desarrollo del RD Ley 11/1995),
mejorando el grado de cumplimiento normas calidad ambiental.
– Reducción de nutrientes N, P (tratamiento terciario). Reutilización de
nutrientes (por ej. estruvita como fertilizante).
– Reducción de arrastres y sedimentos (tanques de tormenta).
– Reducción de substancias prioritarias (depuradoras de vertidos
industriales a redes urbanas).
– Mejora de la calidad del agua de zonas protegidas por la planificación
hidrológica, favoreciendo el cumplimiento de sus Objetivos (zonas
sensibles, abastecimiento a población, baño, especies de interés
económico, espacios o especies protegidas).
– Reducción de consumo energético y emisiones GEI mediante la
obtención de gases renovables y mejora de procesos de tratamiento.

– Reducción de las extracciones (efecto directo).
– Aumento del nivel piezométrico (aguas
subterráneas) con aumento del caudal de surgencias
alimentando a masas de agua superficial, a
ecosistemas terrestres directamente dependientes del
agua subterránea y reducción del riesgo de intrusión
salina o de otro tipo.
– Aumento del caudal o nivel (aguas superficiales).

Efectos
desfavorables.

– Vertidos no depurados por reboses tras tormentas.
– Eutrofización (si solamente se llega a una depuración secundaria).
– Contaminación por inundación (riesgo en EDAR construidas en zonas
inundables).
– En EDAR costeras: vertidos no depurados al mar por reboses tras
tormentas, junto con plásticos y otras basuras; alteración del fondo
marino por emisarios; vertidos de sustancias bioacumulables y
persistentes.

– Reducción o anulación del retomo (aguas
residuales depuradas) que cuantitativamente
beneficia a alguna masa de agua.
– En masas que parten de mal estado por presión por
extracciones, esta reducción del retomo supondrá un
deterioro de la situación.

Efectos
contrarios a los
favorables
previstos.

Tras la construcción de la planta, no se mantiene en funcionamiento por
falta de recursos económicos, de capacidad o de motivación del ente
titular, con lo que no genera ningún efecto positivo, habiendo consumido
recursos en su construcción que podrían haberse destinado a construir
otras EDAR en condiciones que garantizasen su funcionamiento.

Cuando el aumento en la disponibilidad del recurso
derivado de la reutilización no supone la disminución
equivalente de las extracciones originales de las
masas de agua superficiales o subterráneas, lo que
neutraliza el ahorro neto esperado y genera un
aumento en la presión por extracciones.

– Aumento de las emisiones de GEI y del consumo energético por la
construcción de nuevas instalaciones de tratamiento de aguas
residuales.
– Ocupación de vegetación de ribera.
– Electrocución y colisión de aves con tendido eléctrico.
– Eventuales afecciones sobre espacios protegidos incluyendo Red
Natura 2000 o sobre especies amenazadas.
– Riesgo de dispersión especies exóticas en fase de construcción.
– Afecciones al paisaje por la construcción de nuevas infraestructuras
(EDAR, colectores, tanques de tormenta, etc.).
– Efectos sobre la población y la salud por olores, aerosoles, lodos de
depuradora, aguas residuales y contaminantes atmosféricos asociados.

– Aumento del consumo energético y emisiones
indirectas de GEI.
– Pérdida o degradación de hábitats o ecosistemas
originariamente dependientes o beneficiados por el
vertido de agua depurada (humedales, ríos,
vegetación higrófila).
– Eventuales afecciones sobre espacios protegidos
incluyendo Red Natura 2000 o sobre especies
amenazadas.
– Riesgo de dispersión especies exóticas en fase de
construcción.
– Riesgos para la salud, variables en función del uso
del agua regenerada.
– Contaminación: salinización del suelo, acumulación
de metales pesados en suelo, salinización acuíferos,
contaminantes emergentes.

Efectos
negativos
colaterales.

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2021-10203
Verificable en https://www.boe.es

Tabla 28 del Estudio ambiental estratégico «Esquema conceptual de efectos
derivados de las actuaciones impulsadas por el Plan DSEAR» completada con
otros efectos indicados en el Documento de alcance (en cursiva)