III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-10203)
Resolución de 11 de junio de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan Nacional de depuración, saneamiento, eficiencia, ahorro y reutilización.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
30 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 145

Viernes 18 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 74399

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
10203

Resolución de 11 de junio de 2021, de la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental
estratégica del Plan Nacional de depuración, saneamiento, eficiencia, ahorro
y reutilización.

El Plan Nacional de Depuración, Saneamiento, Eficiencia, Ahorro y Reutilización
(Plan DSEAR) ha sido objeto de una evaluación ambiental estratégica ordinaria
siguiendo los artículos 17 a 24 de la Ley 21/2013, de diciembre, de evaluación ambiental,
procediendo formular su declaración ambiental estratégica de acuerdo con el artículo 25
de la citada Ley.
Esta evaluación se ha realizado a solicitud de la Dirección General del Agua,
promotor y órgano sustantivo del Plan, con carácter voluntario y potestativo, a pesar de
que la elaboración de este Plan no viene exigida por ninguna disposición legal o
reglamentaria ni por acuerdo del Consejo de Ministros, con el fin de mejorar la
integración en el Plan de los aspectos ambientales y de aumentar la transparencia,
participación y objetividad en su elaboración.
Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la resolución
de los procedimientos de evaluación ambiental estratégica de planes y programas de
competencia estatal, de acuerdo con el artículo 7.1.c) del Real Decreto 500/2020, de 28
de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020,
de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los
departamentos ministeriales.
La presente declaración se ha elaborado teniendo en cuenta los principales
documentos generados en la evaluación practicada: el documento presentado como
Plan DSEAR, el Estudio ambiental estratégico y su Documento de alcance, el resultado
de la información pública y de las consultas efectuadas, y la documentación
complementaria presentada por el promotor.

El objeto del plan es mejorar determinados aspectos en la elaboración de los planes
hidrológicos del tercer ciclo, en particular en las temáticas de depuración, saneamiento y
reutilización, y superar lo antes posible situaciones de incumplimiento de obligaciones
derivadas de la legislación comunitaria en materia de depuración de aguas residuales
que han motivado procedimientos de infracción de la Comisión Europea contra España y
sentencias condenatorias.
De la información complementaria de 31 de marzo de 2021 recibida del promotor y de
su contestación a varias consultas, se deduce que el Plan aplica a los 25 planes
hidrológicos españoles del tercer ciclo (2022-2027), tanto intercomunitarios como
intracomunitarios, que se limita a los ámbitos de depuración, saneamiento y reutilización
del agua, y que sus determinaciones únicamente van a vincular a la Dirección General del
Agua, a las confederaciones hidrográficas y a las sociedades estatales (Administración
General del Estado y su sector público institucional), siendo exclusivamente orientativas
para el resto de administraciones públicas que intervienen en la planificación hidrológica.
También se confirma que los diversos informes y documentos que acompañan en el
expediente al Plan DSEAR tienen carácter instrumental o complementario y no forman
parte del documento del Plan que va a ser aprobado, y que su aprobación previsiblemente

cve: BOE-A-2021-10203
Verificable en https://www.boe.es

A. Información sobre el Plan: objeto, alcance, ámbito y decisiones que adopta.