III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2021-10217)
Resolución de 10 de junio de 2021, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con la Fundación Loewe, para la organización de la actividad cultural "Veladas poéticas. Premios de poesía Fundación Loewe".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 145

Viernes 18 de junio de 2021

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE UNIVERSIDADES
10217

Resolución de 10 de junio de 2021, de la Universidad Internacional
Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con la Fundación
Loewe, para la organización de la actividad cultural «Veladas poéticas.
Premios de poesía Fundación Loewe».

La Universidad Internacional Menéndez Pelayo y la Fundación Loewe han suscrito,
con fecha 9 de junio de 2021, un Convenio para la organización de la actividad cultural
«Veladas poéticas. Premios de poesía Fundación Loewe», que se celebrará en junio
de 2021, en Santander, en el marco de la programación cultural de los cursos de verano
de la UIMP en Santander durante 2021, por lo que conforme a lo previsto en el
artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del Sector Público Estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 10 de junio de 2021.–La Rectora de la Universidad Internacional Menéndez
Pelayo, P. D. (Resolución de 24 de abril de 2019), el Gerente, Francisco Javier Sevillano
Martín.
ANEXO
Convenio entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., y la Fundación
Loewe para la organización de la actividad cultural «Veladas poéticas. Premios de
poesía Fundación Loewe»
REUNIDOS

Los presentes declaran que las facultades y poderes con los que actúan se
encuentran vigentes y que no les han sido limitados, suspendidos o revocados, y que, en
su virtud, tienen plena capacidad para obligarse en los términos de este documento;
capacidad que mutuamente se reconocen.
EXPONEN
I. Que la UIMP es un organismo autónomo con personalidad jurídica y patrimonio
propios dependiente del Ministerio de Universidades, según establece el
Real Decreto 431/2020, de 3 de marzo, por el que se desarrolla su estructura orgánica
básica, definido, de acuerdo con lo que establece su Estatuto, como centro universitario

cve: BOE-A-2021-10217
Verificable en https://www.boe.es

De una parte, doña María Luz Morán Calvo-Sotelo, actuando en nombre y
representación de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A. (en adelante
UIMP), (organismo con NIF Q-2818022-B y domicilio social en calle Isaac Peral,
n.º 23, 28040 Madrid), en su condición de Rectora Magnífica de la misma, cargo para el
que fue nombrada por Real Decreto 1457/2018, de 14 de diciembre, y en el ejercicio de
las competencias atribuidas en el artículo 12.4 del Estatuto de la Universidad
Internacional Menéndez Pelayo, aprobado por el Real Decreto 331/2002, de 5 de abril.
Y de otra, doña Sheila Loewe Boente, actuando en nombre y representación de la
Fundación Loewe (entidad con CIF G-78772266 y domicilio social en calle Goya,
4, 28001 Madrid), en su condición de Presidenta, en el ejercicio de las competencias
atribuidas en virtud de la escritura pública otorgada el 24 de febrero de 2017 ante la
Notaria de Madrid, doña Eloisa López-Monís Gallego, bajo el n.º 319 de su protocolo.