III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2021-10148)
Resolución de 10 de junio de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio con ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., para la organización del programa formativo de los funcionarios destinados a las Oficinas Económicas y Comerciales en el exterior.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 144

Jueves 17 de junio de 2021

Quinta.

Sec. III. Pág. 73950

Valoración y cumplimiento de objetivos.

Las Partes valorarán el cumplimiento de los objetivos establecidos en la ejecución de
la Actividad de Formación de cara a la posible implementación de mejoras continuas en
próximas actividades que pudieran organizarse.
A estos efectos, una vez finalizada la Actividad de Formación, y en un plazo no
superior a tres meses desde la finalización de las mismas, ICEX presentará a la
Comisión de Seguimiento una memoria técnica descriptiva de la actividad realizada en el
marco del presente Convenio.
Sexta.

Vigencia.

El presente Convenio producirá sus efectos hasta que se completen todas las
acciones a realizar para la correcta ejecución del Programa Formativo. En cualquier
caso, la extensión del Convenio no podrá exceder del 30 de noviembre de 2021. Con
carácter previo a esta fecha, las Partes, de mutuo acuerdo y de forma expresa, podrán
acordar la prórroga del presente Convenio por un año adicional.
Este Convenio se perfeccionará con la firma de las Partes y resultará eficaz una vez
inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del
Sector Público Estatal, sin perjuicio de su posterior publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» en el plazo de diez días desde su formalización.
Séptima.

Comisión de Seguimiento.

Para el seguimiento, evaluación, interpretación y resolución de controversias que
pudieran aparecer de la ejecución del presente Convenio, se constituirá una Comisión de
Seguimiento integrada por dos (2) representantes del Ministerio de Industria, Comercio y
Turismo y otros dos (2) representantes de ICEX.
Por parte del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, formarán parte de la
Comisión de Seguimiento:
– El titular de la Subdirección General de Planificación y Gestión de Recursos
Humanos, o persona en quien delegue.
– El titular de la Jefatura de Área de Formación y Desarrollo de la Subdirección
General de Planificación y Gestión de Recursos Humanos, o persona en quien delegue.
Por parte de ICEX, formarán parte de la Comisión de Seguimiento:

La Comisión podrá reunirse cuantas veces lo solicite cualquiera de las Partes, con
una antelación mínima de diez (10) días hábiles. Los acuerdos de la Comisión se
adoptarán por unanimidad de sus miembros, todos ellos tienen derecho a voz y a voto, y
de sus reuniones se levantará la correspondiente acta que será suscrita por el Secretario
con el visto bueno del Presidente.
Ejercerá las funciones de presidente el titular de la Subdirección General de
Planificación y Gestión de Recursos Humanos del Ministerio o la persona en quien éste
delegue y las de secretario el titular de la Subdirección de la Dirección Ejecutiva de
Formación de ICEX o la persona en quien delegue.
La Comisión podrá requerir la asistencia de cualquier persona, con voz, pero sin
voto, que pueda aportar conocimientos o asesoramiento adecuados para un mejor
desarrollo del objeto del presente Convenio.
Para todo aquello no previsto expresamente en la presente cláusula resultará de
aplicación lo previsto en las normas del capítulo II, sección 3.ª, de la Ley 40/2015, de 1

cve: BOE-A-2021-10148
Verificable en https://www.boe.es

– El titular de la Dirección Ejecutiva de Formación, o persona en quien delegue.
– El titular de la Subdirección de la Dirección Ejecutiva de Formación o persona en
quien delegue.