II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD DE MADRID. Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia. (BOE-A-2021-10111)
Resolución de 10 de junio de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, de la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas, por la que se publica la relación de plazas correspondientes al ámbito de la Comunidad de Madrid, que se ofrecen a los aspirantes aprobados en las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, convocadas por Orden JUS/764/2019, de 10 de julio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 144

Jueves 17 de junio de 2021

Sec. II.B. Pág. 73829

Dentro de cada provincia, los destinos serán adjudicados por el siguiente orden:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
10.
11.
12.
13.
14.
15.
16.

Tribunales Superiores de Justicia.
Audiencias Provinciales.
Fiscalías.
Instituto de Medicina Legal.
Decanatos y servicios comunes.
Juzgados de Instrucción.
Juzgados de lo Penal.
Juzgados de Vigilancia Penitenciaria.
Juzgados de Violencia sobre la Mujer.
Juzgados de Primera Instancia.
Juzgados de lo Mercantil.
Juzgados de lo Contencioso-Administrativo.
Juzgados de lo Social.
Juzgados de Primera Instancia e Instrucción.
Juzgados de Menores.
Juzgados de Paz.

Cuarto.
Se procederá a la adjudicación de destinos según el orden obtenido en todo el
proceso selectivo.
Quinto.
Ningún aspirante podrá anular ni modificar su solicitud una vez terminado el plazo de
presentación de las mismas.
Sexto.
De no formular solicitud de plazas o no corresponderle ninguna de las solicitadas, se
procederá a destinarle, con carácter forzoso, a cualquiera de las plazas no adjudicadas.
Séptimo.
La adjudicación de los destinos se hará con carácter forzoso, de acuerdo con el orden
de puntuación obtenido en las pruebas selectivas en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
Octavo.
Los destinos adjudicados tendrán carácter definitivo equivalente a todos los efectos a
los obtenidos por concurso, sin que puedan participar en este hasta tanto no hayan
transcurrido dos años desde la fecha de la resolución en la que se les adjudique destino
definitivo. Para el cómputo de los dos años se estará a lo establecido en el párrafo
segundo del artículo 529.3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer
recurso de alzada ante la Viceconsejera de Justicia y Victimas en el plazo de un mes
contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto
en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de poder ejercitar
cualquier otro recurso que estime procedente en defensa de sus derechos.
Madrid, 10 de junio de 2021.–El Director General de Recursos Humanos y Relaciones
con la Administración de Justicia, Pedro Irigoyen Barja.

cve: BOE-A-2021-10111
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Noveno.