II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS. Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia. (BOE-A-2021-10104)
Resolución de 10 de junio de 2021, de la Consejería de Presidencia, por la que se publica la relación de plazas correspondientes al ámbito del Principado de Asturias, que se ofrecen a los aspirantes aprobados en las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, convocadas por Orden JUS/764/2019, de 10 de julio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 144

Jueves 17 de junio de 2021

Sec. II.B. Pág. 73781

5. Relaciones de Puestos de Trabajo de la Oficina Judicial en la capital de provincia
donde esté implantada.
6. Institutos de Medicina Legal.
7. Decanatos y servicios comunes.
8. Juzgados de Instrucción.
9. Juzgados de lo Penal.
10. Juzgados de Vigilancia Penitenciaria.
11. Juzgados de Violencia sobre la Mujer.
12. Juzgados de Primera Instancia.
13. Juzgados de lo Mercantil.
14. Juzgados de lo Contencioso-Administrativo.
15. Juzgados de lo Social.
16. Juzgados de Primera Instancia e Instrucción.
17. Juzgados de Menores.
18. Juzgados de Paz.
19. Relaciones de Puestos de Trabajo de la Oficina Judicial en la localidad donde
esté implantada.
Cuarto.
Se procederá a la adjudicación de destinos según el orden obtenido en todo el
proceso selectivo.
Quinto.
Ningún aspirante podrá anular ni modificar su solicitud una vez terminado el plazo de
presentación de las mismas.
Sexto.
De no formular solicitud de plazas o no corresponderle ninguna de las solicitadas, se
procederá a destinarle, con carácter forzoso, a cualquiera de las plazas no adjudicadas.
Séptimo.
La adjudicación de los destinos se hará con carácter forzoso, de acuerdo con el orden de
puntuación obtenido en las pruebas selectivas en el ámbito del Principado de Asturias.
Octavo.

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante
la Consejería de Presidencia, en el plazo de un mes, según lo establecido en los artículos 123
y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo
Contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, según lo dispuesto en el art. 9 de la
Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa; a contar
desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Oviedo, 10 de junio de 2021.–La Consejera de Presidencia, P.D. (Resolución de 30
de julio de 2020), la Viceconsejera de Justicia, Encarnación Vicente Suárez.

cve: BOE-A-2021-10104
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Los destinos adjudicados tendrán carácter definitivo equivalente a todos los efectos a
los obtenidos por concurso, sin que puedan participar en éste hasta tanto no hayan
transcurrido dos años desde la fecha de la resolución en la que se les adjudique destino
definitivo. Para el cómputo de los dos años se estará a lo establecido en el párrafo
segundo del artículo 529.3 de la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio del Poder Judicial.