II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA. Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia. (BOE-A-2021-10105)
Orden PRE/48/2021, de 10 de junio, por la que se publica la relación de plazas correspondientes al ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria, que se ofrecen a los aspirantes aprobados en las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, convocadas por Orden JUS/764/2019, de 10 de julio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 144

Jueves 17 de junio de 2021

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4. Fiscalías.
5. Relaciones de Puestos de Trabajo de la Oficina Judicial en la capital de provincia
donde esté implantada.
6. Institutos de Medicina Legal.
7. Decanatos y servicios comunes.
8. Juzgados de Instrucción.
9. Juzgados de lo Penal.
10. Juzgados de Vigilancia Penitenciaria.
11. Juzgados de Violencia sobre la Mujer.
12. Juzgados de Primera Instancia.
13. Juzgados de lo Mercantil.
14. Juzgados de lo Contencioso-Administrativo.
15. Juzgados de lo Social.
16. Juzgados de Primera Instancia e Instrucción.
17. Juzgados de Menores.
18. Juzgados de Paz.
19. Relaciones de Puestos de Trabajo de la Oficina Judicial en la localidad donde
esté implantada.
Cuarto.
Se procederá a la adjudicación de destinos según el orden obtenido en todo el
proceso selectivo.
Quinto.
Ningún aspirante podrá anular ni modificar su solicitud una vez terminado el plazo de
presentación de las mismas.
Sexto.
De no formular solicitud de plazas o no corresponderle ninguna de las solicitadas, se
procederá a destinarle, con carácter forzoso, a cualquiera de las plazas no adjudicadas.
Séptimo.
La adjudicación de los destinos se hará con carácter forzoso, de acuerdo con el
orden de puntuación obtenido en las pruebas selectivas en el ámbito de Cantabria.
Octavo.

Contra la presente Orden podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante
los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Santander, dentro del plazo de dos
meses contados a partir del día siguiente al de la publicación y, potestativamente,
recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó la Orden, en el plazo de un mes
contado a partir del día siguiente al de la publicación, en cuyo caso no se podrá
interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto recaiga
resolución expresa o desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
y 149 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la

cve: BOE-A-2021-10105
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Los destinos adjudicados tendrán carácter definitivo equivalente a todos los efectos a
los obtenidos por concurso, sin que puedan participar en este hasta tanto no hayan
transcurrido dos años desde la fecha de la resolución en la que se les adjudique destino
definitivo. Para el cómputo de los dos años se estará a lo establecido en el párrafo
segundo del artículo 529.3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.