I. Disposiciones generales. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. Presupuestos. (BOE-A-2021-10089)
Ley Foral 9/2021, de 25 de mayo, de modificación de la Ley Foral 20/2020, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 144

Jueves 17 de junio de 2021

Sec. I. Pág. 73610

I. DISPOSICIONES GENERALES

COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
10089

Ley Foral 9/2021, de 25 de mayo, de modificación de la Ley Foral 20/2020,
de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de Navarra para el año
2021.
LA PRESIDENTA DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente Ley Foral de
modificación de la Ley Foral 20/2020, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales
de Navarra para el año 2021.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El Gobierno de Navarra va a gestionar, en el periodo 2021-2026, fondos procedentes
del Instrumento Europeo de Recuperación (Next Generation EU) destinados a:

Con el fin de gestionar de la mejor manera posible dichos fondos se pretende
articular los mecanismos precisos para la consecución de los fines previstos, para lo cual
se hace necesario modificar la normativa presupuestaria en cuanto a las limitaciones
existentes respecto al movimiento de fondos entre partidas presupuestarias.
Hay que considerar que una parte de estos fondos, los procedentes del Mecanismo
de Recuperación y Resiliencia, son créditos dotados en los Presupuestos Generales del
Estado, en el servicio 50 «Mecanismo de Recuperación y Resiliencia» de cada sección
presupuestaria. Estos fondos sólo podrán ejecutarse con la finalidad de financiar
actuaciones que resulten elegibles conforme a su marco regulatorio.
Los ingresos por transferencias recibidas de la Administración del Estado,
procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia, están legalmente
afectados a financiar los créditos presupuestarios destinados a cubrir los proyectos o
líneas de acción que se integren dentro del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia. En caso de no realizarse el gasto, el Gobierno de Navarra deberá reintegrar
al Tesoro los fondos recibidos que no vayan a destinarse a la finalidad asignada. El
procedimiento de reintegro a estos efectos se regulará por Orden de la Ministra de
Hacienda.
Las partidas presupuestarias de gasto de cada proyecto del Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia aprobado se identificarán contablemente mediante el módulo
de atributos creado para esta finalidad y otras similares. Con la finalidad de permitir su
seguimiento, en la formulación de las cuentas anuales, en el remanente de tesorería
afectado, se distinguirá la parte afectada destinada a cubrir estas actuaciones.
Para ello, se añade un artículo 62 a la Ley Foral 20/2020, de 29 de diciembre, de
Presupuestos Generales de Navarra para el año 2021. Por otra parte, con el fin de
corregir errores detectados, se modifica la denominación de seis partidas del
Presupuesto de Gastos para 2021.

cve: BOE-A-2021-10089
Verificable en https://www.boe.es

a) La adopción de instrumentos para apoyar los esfuerzos por recuperarse, reparar
los daños y salir reforzados de la crisis.
b) La adopción de medidas para impulsar la inversión privada y apoyar a las
empresas en dificultades.
c) El refuerzo de programas clave de la Unión Europea para extraer las
enseñanzas de la crisis, hacer que el mercado único sea más fuerte y resiliente y
acelerar la doble transición ecológica y digital.