II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE JUSTICIA. Destinos. (BOE-A-2021-9935)
Resolución de 7 de junio de 2021, de la Subsecretaría, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de 11 de abril de 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 142

Martes 15 de junio de 2021

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE JUSTICIA
9935

Resolución de 7 de junio de 2021, de la Subsecretaría, por la que se resuelve
la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de 11 de abril
de 2021.

Por Resolución de 11 de abril de 2021, (BOE de 15 de abril de 2021), se anunció
convocatoria pública para la provisión de puestos de trabajo en el Ministerio de Justicia,
por el sistema de libre designación.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 20.1.c) de la Ley 30/1984, de 2 de
agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública, y previo cumplimiento de la
tramitación que exige el capítulo III, del título III, del Real Decreto 364/1995 de 10 de
marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio
de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo
y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles del Estado, comprobado el
cumplimiento por parte de los candidatos elegidos de los requisitos y especificaciones
exigidos en la convocatoria, esta subsecretaría ha dispuesto resolver la referida
convocatoria, de acuerdo con el informe de la unidad proponente, según se detalla en el
anexo adjunto.
La toma de posesión del nuevo destino se realizará conforme a lo establecido en el
artículo 48 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, antes citado.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados
desde el día siguiente a su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo
del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o del que corresponda al domicilio del
demandante, a elección del mismo, conforme a lo establecido en los artículos 10.1.i)
y 14.1 segunda de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa, o potestativamente y con carácter previo, recurso de
reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo ha dictado, de acuerdo
con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

cve: BOE-A-2021-9935
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Madrid, 7 de junio de 2021.–El Subsecretario de Justicia, José Miguel Bueno
Sánchez.