III. Otras disposiciones. AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS. Convenios. (BOE-A-2021-10003)
Resolución de 20 de mayo de 2021, de la Agencia Española de Protección de Datos, por la que se publica la prórroga del Convenio con la Entidad Nacional de Acreditación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 142

Martes 15 de junio de 2021

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III. OTRAS DISPOSICIONES

AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS
10003

Resolución de 20 de mayo de 2021, de la Agencia Española de Protección de
Datos, por la que se publica la prórroga del Convenio con la Entidad Nacional
de Acreditación.

La Directora de la Agencia Española de Protección de Datos y la Directora General
de la Entidad Nacional de Acreditación, han suscrito una prórroga del Convenio entre la
Agencia Española de Protección de Datos y la Entidad Nacional de Acreditación.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio como anexo a la
presente Resolución.
Madrid, 20 de mayo de 2021.–La Directora de la Agencia Española de Protección de
Datos, Mar España Martí.
ANEXO
Prórroga del Convenio entre la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y
la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC)
En Madrid, el 20 de mayo de 2021.
REUNIDAS
De una parte, doña Mar España Martí, Directora de la Agencia Española de
Protección de Datos, nombrada por el Real Decreto 715/2015, de 24 de julio (BOE de 25
de julio), en su nombre y representación, y
De otra, doña Beatriz Rivera Romero en su condición de Directora General de la
Entidad Nacional de Acreditación (ENAC), en virtud de la competencia que tiene con
arreglo a lo dispuesto en el artículo 43 de sus Estatutos, aprobados por la Asamblea
General de 29 de enero de 2009.
Reconociéndose ambas partes la representación que ostentan y la capacidad
suficiente en el ejercicio de las funciones que por su cargo tienen atribuidas

I. Que, con fecha 13 de julio de 2017, la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) y
la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) suscribieron un convenio de
colaboración que establece las condiciones en todo lo referente a la acreditación de los
Organismos Evaluadores de la Conformidad (OEC) –laboratorios, entidades de
certificación e inspección– que deban demostrar ante la AEPD su competencia por
hallarse reglamentariamente sujetos a supervisión, cuya cláusula decimoquinta
establece una vigencia de cuatro años que podrá prorrogarse por unanimidad de las
partes firmantes hasta un máximo de cuatro años más.
II. Que, próximo a finalizar el plazo de vigencia del convenio, las partes manifiestan
su satisfacción por la colaboración desarrollada, considerando necesario su prórroga
desde el 14 de julio de 2021 hasta el 13 de julio de 2025.
De acuerdo con lo anterior, y a tales efectos, ambas partes

cve: BOE-A-2021-10003
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