III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Convenio. (BOE-A-2021-9991)
Resolución de 10 de junio de 2021, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica el Convenio con la Universidad de las Illes Balears, para la realización de prácticas externas en el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de les Illes Balears.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 142

Martes 15 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 72710

En consecuencia, con todo lo anteriormente expuesto, las partes acuerdan suscribir
el presente convenio, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto y compromisos de las partes.

1. Constituye el objeto del presente convenio la realización de prácticas externas
curriculares y extracurriculares (en adelante, prácticas externas) por el alumnado
matriculado en la UIB y siempre de titulaciones relacionadas con la actividad de los
profesionales de las ciencias forenses.
2. Por un lado, el Ministerio de Justicia se compromete a permitir la realización de
las prácticas externas objeto de este convenio. El Ministerio de Justicia será el que
determine el número máximo de alumnos que realizarán las prácticas en el IMLCF de les
Illes Balears en atención a sus necesidades y disponibilidad.
3. Por otro lado, la UIB se compromete a que los profesionales del IMLCF de les
Illes Balears que ejerzan la tutoría de las prácticas puedan disfrutar de los siguientes
derechos, en el marco de la normativa propia de la UIB que sea de aplicación:
a) Reconocimiento de su actividad colaboradora mediante documento acreditativo
expedido por la Universitat de les Illes Balears que certifique su actividad como tutor/a de
estudiantes en prácticas.
b) Ser informado acerca de la normativa que regula las prácticas externas, así
como del proyecto formativo y de las condiciones de su desarrollo.
c) Tener acceso a la Universitat para obtener la información y el apoyo necesarios
en el cumplimiento de los fines propios de su función.
d) Disfrutar de las mismas ventajas que el personal de la Universitat en lo
concerniente al acceso a bibliotecas, instalaciones deportivas o actividades culturales,
entre otras.
Asimismo, la Universidad se compromete, en función de su disponibilidad, a prestar
colaboración al Ministerio de Justicia mediante la cesión de aulas, con ocasión de la
celebración de pruebas correspondientes a los procesos selectivos para el ingreso o
acceso de personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia.
4. La colaboración que presta el Ministerio de Justicia estará siempre supeditada a
las necesidades y disponibilidad del IMLCF de les Illes Balears por lo que, surgida tal
necesidad o falta de disponibilidad en su caso, el convenio quedará suspendido en tanto
persistan estas situaciones o, en su caso, extinguido sin que sea preciso denuncia previa
en este sentido y sin derecho a reclamación alguna por parte de la UIB o concesión de
indemnización o compensación a su favor.
Condiciones y requisitos generales de las prácticas.

1. Las prácticas externas se ajustarán en todo caso a la normativa vigente, y en
especial a lo establecido en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se
regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
2. Los detalles concretos se recogerán en el plan formativo (anexo I) que se
elabore y que deberá fijar los objetivos educativos y las actividades a desarrollar. Los
objetivos se establecerán considerando las competencias básicas, genéricas y/o
específicas que debe adquirir el estudiante. Asimismo, los contenidos de las prácticas se
definirán de forma que aseguren la relación directa de las competencias a adquirir con
los estudios cursados.
En todo caso, se procurará que el proyecto formativo se conforme siguiendo los principios
de inclusión, igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal.
3. El alumnado será propuesto por la persona que ejerza la Dirección de las
prácticas externas de la Universitat de les Illes Balears.

cve: BOE-A-2021-9991
Verificable en https://www.boe.es

Segunda.