I. Disposiciones generales. TRIBUNAL SUPREMO. Sentencias. (BOE-A-2021-9816)
Sentencia de 16 de abril de 2021, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que declara estimar parcialmente el recurso contencioso-administrativo núm. 740/2015 contra el Real Decreto 198/2015, de 23 de marzo, por el que se desarrolla el artículo 112 bis del Texto Refundido de la Ley de Aguas y se regula el canon por utilización de aguas continentales para la producción de energía eléctrica en las demarcaciones intercomunitarias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 141

Lunes 14 de junio de 2021

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I. DISPOSICIONES GENERALES

TRIBUNAL SUPREMO
9816

Sentencia de 16 de abril de 2021, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo,
que declara estimar parcialmente el recurso contencioso-administrativo núm.
740/2015 contra el Real Decreto 198/2015, de 23 de marzo, por el que se
desarrolla el artículo 112 bis del Texto Refundido de la Ley de Aguas y se
regula el canon por utilización de aguas continentales para la producción de
energía eléctrica en las demarcaciones intercomunitarias.

En el recurso contencioso-administrativo núm. 740/2015, interpuesto por la
representación procesal de la mercantil Energía de Galicia, S.A. (ENGASA) contra el
Real Decreto 198/2015, de 23 de marzo, por el que se desarrolla el artículo 112 bis del
Texto Refundido de la Ley de Aguas y se regula el canon por utilización de aguas
continentales para la producción de energía eléctrica en las demarcaciones
intercomunitarias, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 25 de marzo de 2015,
la Sala Tercera (Sección Segunda) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia con fecha
16 de abril de 2021 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
FALLO
Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la
Constitución, esta Sala ha decidido:
Que estimando en parte el recurso contencioso-administrativo n.º 740/2015,
interpuesto por la mercantil Energía de Galicia, S.A. (ENGASA), representada por la
procuradora D.ª Paloma Ortiz-Cañavate Levenfeld, bajo la dirección letrada de D. Félix
Plasencia Sánchez, contra el Real Decreto 198/2015, de 23 de marzo, por el que se
desarrolla el artículo 112 bis del Texto Refundido de la Ley de Aguas y se regula el canon
por utilización de aguas continentales para la producción de energía eléctrica en las
demarcaciones intercomunitarias, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 25 de
marzo de 2015, debemos declarar y declaramos la nulidad de la disposición transitoria
segunda, así como de la disposición adicional primera, segundo párrafo, del citado Real
Decreto 198/2015, por ser ambas contrarias al ordenamiento jurídico, desestimando en
lo demás las diversas pretensiones ejercitas en este recurso.
Así por esta nuestra sentencia, cuya parte dispositiva se publicará en el «Boletín
Oficial del Estado» en que fue publicado el Real Decreto declarado nulo en parte –art.
72.2 LJCA–, lo pronunciamos, mandamos y firmamos, debiéndose hacer saber a las
partes, al notificársela, que contra ella no cabe recurso ordinario alguno.

Así se acuerda y firma.–D. Rafael Fernández Valverde.–D. José Díaz Delgado.–D.
Ángel Aguallo Avilés.–D. Francisco José Navarro Sanchis.–D. Isaac Merino Jara.–D.ª
Esperanza Córdoba Castroverde.–D. José Antonio Montero Fernández.–Firmado.

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Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma no
cabe recurso, e insértese en la colección legislativa.