II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Destinos. (BOE-A-2021-9820)
Resolución de 7 de junio de 2021, de la Subsecretaría, por la que se resuelve el concurso general, convocado por Resolución de 11 de marzo de 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 141

Lunes 14 de junio de 2021

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
9820

Resolución de 7 de junio de 2021, de la Subsecretaría, por la que se resuelve
el concurso general, convocado por Resolución de 11 de marzo de 2021.

Por Resolución de 11 de marzo de 2021 de la Subsecretaría (BOE de 19 de marzo),
se convocó concurso general, con referencia 1G/2021-APA, para la provisión de puestos
de trabajo vacantes en el Departamento.
Observada la normativa aplicable y cuantos requisitos y procedimientos se
establecen en las bases de la convocatoria sobre el plazo de presentación de instancias,
examen de las mismas y valoración de los méritos alegados por los candidatos por la
correspondiente Comisión de Valoración,
Esta Subsecretaría, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 63.n) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, acuerda resolver
el mencionado concurso en los siguientes términos:
Primero.
Aprobar la propuesta de adjudicación efectuada por la Comisión de Valoración de los méritos
del concurso y resolver el concurso adjudicando los puestos de trabajo de la referida
convocatoria a los funcionarios en los términos que se recogen en el anexo de esta Resolución.
Segundo.
Declarar desiertos y/o sin adjudicar los puestos que se especifican en el citado
anexo, motivados por falta de peticionarios, por no haber alcanzado ninguno de los
candidatos la puntuación mínima exigida, o por cualquier otra circunstancia prevista en la
Resolución de la Convocatoria.

El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido será de tres días hábiles si
no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes si comporta cambio de
residencia o el reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del
cese, que deberá efectuarse de oficio por el órgano competente dentro de los tres días
hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el «Boletín Oficial del
Estado». Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de
posesión deberá contarse desde dicha publicación. El cómputo de los plazos posesorios
se iniciará cuando finalicen los permisos y licencias que, en su caso, estén disfrutando
los interesados, salvo que por causas justificadas el órgano convocante acuerde
suspender el disfrute de los mismos.
No obstante, para los funcionarios que se encuentren en licencia por enfermedad, se
diligenciará el cese y la toma de posesión en el nuevo destino sin que por ello finalice la
licencia que tenga concedida.
La persona titular de la Subsecretaría del Departamento donde presta servicios el
funcionario podrá, diferir el cese, por necesidades del servicio, hasta veinte días hábiles,
debiendo comunicarse a la Unidad a la que haya sido destinado el funcionario.
Excepcionalmente, a propuesta del Departamento por exigencias del normal
funcionamiento de los servicios, la Secretaría de Estado de Función Pública podrá

cve: BOE-A-2021-9820
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Tercero.