III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2021-9892)
Resolución de 7 de junio de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Zamora, para la incorporación de los Cuerpos de Policía Locales al Sistema de Seguimiento Integral de los casos de Violencia de Género.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 141

Lunes 14 de junio de 2021

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DEL INTERIOR
9892

Resolución de 7 de junio de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Zamora, para la
incorporación de los Cuerpos de Policía Locales al Sistema de Seguimiento
Integral de los casos de Violencia de Género.

Habiéndose suscrito el 3 de junio de 2021 el Convenio entre el Ministerio del Interior
y el Ayuntamiento de Zamora para la incorporación de los Cuerpos de Policía Locales al
«Sistema de Seguimiento Integral de los casos de Violencia de Género», procede la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio que figura como anexo
a esta Resolución.
Madrid, 7 de junio de 2021.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio Puigserver
Martínez.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio del Interior y el Ayuntamiento de Zamora para
la incorporación de los Cuerpos de Policía Locales al «Sistema de Seguimiento
Integral de los casos de Violencia de Género»
Madrid, a 3 de junio de 2021.
REUNIDOS
De una parte, don Rafael Pérez Ruiz, Secretario de Estado de Seguridad del
Ministerio del Interior, nombrado por Real Decreto 84/2020, de 17 de enero, al amparo
de lo previsto en el artículo 62.2g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, y con domicilio a los efectos del presente convenio en la
calle Amador de los Ríos, 2, 28071 de Madrid.
Y de otra parte, don Francisco Guarido Viñuela, Alcalde del Ayuntamiento de Zamora
(en adelante, el Ayuntamiento), nombrado por acuerdo de Pleno de fecha 15 de junio
de 2019, actuando en nombre y representación del mismo en virtud de las atribuciones
que le confiere el artículo 21.a y b de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las
Bases de Régimen Local, con domicilio a los efectos del presente convenio en plaza
Mayor, 1, de Zamora.
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente convenio y, a tal efecto,

Primero.
Que el artículo 149.1.29.ª de la Constitución Española establece que el Estado tiene
competencia exclusiva sobre la materia de seguridad pública.
Asimismo, el artículo 1.1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad, establece que la seguridad pública es competencia exclusiva del

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