III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2021-9883)
Resolución 420/38215/2021, de 8 de junio de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Tarragona, para el desarrollo de actividades que complementen la formación y permitan el aprovechamiento de las capacidades profesionales del personal militar fomentando su incorporación al ámbito laboral civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 141

Lunes 14 de junio de 2021

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– Promover e impulsar los programas de formación de apoyo que complementen la
formación del personal militar.
Quinto.
Que el artículo 3 de la Orden Ministerial 2/2009, de 22 de enero, por la que se regula
el desarrollo profesional de los militares de tropa y marinería, establece que «Esta Orden
Ministerial será de aplicación a los militares profesionales de tropa y marinería que se
encuentren en situación administrativa de servicio activo. También será de aplicación, en
lo que a intermediación laboral se refiere, a los militares profesionales de tropa y
marinería que se encuentren en situación legal de desempleo, durante los dos años
posteriores a la fecha de baja».
Sexto.
Que atender a la demanda socio laboral de formar al personal militar que finaliza su
compromiso con las Fuerzas Armadas, para su incorporación al ámbito laboral civil,
supone no sólo un incentivo, sino también un beneficio social, especialmente, en
atención al sacrificio personal y familiar que esta profesión demanda a sus miembros,
por su alta disponibilidad y especialización.
Séptimo.
Que la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Tarragona,
es una corporación de derecho público con personalidad jurídica y plena capacidad de
obrar para el cumplimiento de sus fines, y cuyas funciones de carácter públicoadministrativo según la Ley 14/2002, de 27 de junio, de las cámaras oficiales de
comercio, industria y navegación de Cataluña y del Consejo General de las Cámaras,
establece en su artículo 11.1.i), colaborar en los programas de formación permanente por
las administraciones públicas competentes, así mismo, la Ley 4/2014, de 1 de abril,
Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación, en su
artículo 5.1.e), participar con las administraciones competentes en la organización de la
formación práctica en los centros de trabajo.
En ese contexto de funciones público-administrativas, la Cámara Oficial de
Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Tarragona, organiza, promociona, da
soporte o facilita la realización de diferentes cursos de formación, para contribuir al
desarrollo económico y social en su ámbito de actuación propio, ya sea de forma propia
o en colaboración de diferentes entidades tanto públicas como privadas.

Que ambas partes consideran de interés establecer mecanismos que canalicen la
mutua colaboración, permitan un mejor aprovechamiento de los recursos humanos
dependientes de cada una de ellas, para el desarrollo de actividades y proyectos de
interés común, destinados a lograr la formación en la excelencia del personal militar, así
como otras actuaciones que permitan la incorporación laboral de los militares que vayan
a desvincularse voluntariamente de las FAS y alcanzar la completa identificación entre
las mismas y la sociedad española mediante la puesta en valor del trabajo de sus
miembros.

cve: BOE-A-2021-9883
Verificable en https://www.boe.es

Octavo.