III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2021-9921)
Resolución de 3 de junio de 2021, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el Convenio entre el Centro de Referencia Estatal de Atención al Daño Cerebral y la Universidad Rey Juan Carlos, para la realización de prácticas académicas externas.
8 páginas totales
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 141

Lunes 14 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 72432

ANEXO
El presente anexo técnico se incorpora al Convenio suscrito entre el Imserso, a
través del Ceadac y la Universidad Rey Juan Carlos, firmado el (fecha), de (mes) de
(año) para la realización de prácticas académicas externas.
Detalle de las prácticas a desarrollar en el Ceadac del Imserso

ALUMNO
DIRECCIÓN
ESTUDIOS
QUE
REALIZA
FECHA DE
INICIO:
JORNADA
HORAS AL DÍA
DE
(orientativo):
PRÁCTICAS
TUTOR DEL Ceadac:

DNI

FECHA DE
FINALIZACIÓN:
DÍAS DE LA
SEMANA
(orientativo):

TUTOR DE LA
UNIVERSIDAD :
CONTENIDO DE LAS PRÁCTICAS:

SEGUROS

Derechos y deberes de los estudiantes en prácticas

a) A la tutela, durante el período de duración de la correspondiente práctica, por un
profesor de la universidad y por un profesional que preste servicios en la empresa,
institución o entidad donde se realice la misma.
b) A la evaluación de acuerdo con los criterios establecidos por la universidad.
c) A la obtención de un informe por parte de la entidad colaboradora donde ha
realizado las prácticas, con mención expresa de la actividad desarrollada, su duración y,
en su caso, su rendimiento.
d) A percibir, en los casos en que así se estipule, la aportación económica de la
entidad colaboradora, en concepto de bolsa o ayuda al estudio.
e) A la propiedad intelectual e industrial en los términos establecidos en la
legislación reguladora de la materia.
f) A recibir, por parte de la entidad colaboradora, información de la normativa de
seguridad y prevención de riesgos laborales.
g) A cumplir con su actividad académica, formativa y de representación y
participación, previa comunicación con antelación suficiente a la entidad colaboradora.
h) A disponer de los recursos necesarios para el acceso de los estudiantes con
discapacidad a la tutela, a la información, a la evaluación y al propio desempeño de las
prácticas en igualdad de condiciones.

cve: BOE-A-2021-9921
Verificable en https://www.boe.es

1. Durante la realización de las prácticas académicas externas, los estudiantes
tendrán los siguientes derechos: