III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-9907)
Resolución de 2 de junio de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Modificación para la densificación del Almacén Temporal Individualizado de las Centrales Nucleares de Ascó I y Ascó II (Tarragona)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 141

Lunes 14 de junio de 2021

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
9907

Resolución de 2 de junio de 2021, de la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del
proyecto «Modificación para la densificación del Almacén Temporal
Individualizado de las Centrales Nucleares de Ascó I y Ascó II (Tarragona)».
Antecedentes de hecho

El ATI de la Central Nuclear de Ascó (en adelante, «CNASCÓ»), cuenta con
declaración de impacto ambiental otorgada por Resolución de 1 de septiembre de 2011,
de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, por la que se formula declaración de
impacto ambiental del proyecto Almacén Temporal Individualizado de la central nuclear
de Ascó (Tarragona). («Boletín Oficial del Estado» núm. 227, de 21 de septiembre
de 2011).
En la mencionada declaración de impacto ambiental se evaluó la actual instalación
para la colocación de un total de 32 módulos de almacenamiento. Mediante el presente
informe ambiental se evalúa el impacto ambiental de la densificación del ATI añadiendo 4
contenedores más, sin ser necesarias nuevas actuaciones adicionales.
Las centrales nucleares Ascó I y Ascó II iniciaron su actividad el 10 de diciembre
de 1984 y el 31 de marzo de 1986, respectivamente. Ambas unidades tienen concedida
la renovación de la autorización de explotación hasta el 2 de octubre de 2021 de acuerdo
con las órdenes ministeriales ITC/3372/2011, de 22 de septiembre, por la que se
concede la renovación de la autorización de explotación de la central nuclear Ascó I, y
ITC/3373/2011, de 22 de septiembre, por la que se concede la renovación de la
autorización de explotación de la central nuclear Ascó II.
De acuerdo con estas órdenes ministeriales, modificadas en 2017, el titular de la
instalación podrá solicitar una nueva autorización de explotación de la central en el plazo
máximo de dos meses a contar desde la fecha de aprobación del Plan Nacional
Integrado de Energía y Clima (PNIEC). En cualquier caso, los titulares de ambas
centrales, a la vista del borrador del PNIEC presentado por el Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITERD), ya han solicitado la renovación
de ambas autorizaciones de explotación en fecha 26 de marzo de 2020.

Con fecha de 5 de febrero de 2021, tiene entrada en la Dirección General de Calidad
y Evaluación Ambiental escrito de la Dirección General de Política Energética y Minas,
ambas pertenecientes al MITERD, en el que se solicita la evaluación ambiental
simplificada del proyecto «Modificación para la densificación del Almacén Temporal
Individualizado (ATI) de las Centrales Nucleares de Ascó I y Ascó II (Tarragona)».
Al objeto de determinar la existencia de impactos ambientales significativos, la
Subdirección General de Evaluación Ambiental ha realizado un análisis cuyos elementos
fundamentales son:
– Objeto, descripción y localización del proyecto.
El ATI CNASCÓ construido se ubica al oeste de los dos reactores de las centrales
nucleares sobre una superficie de unos 13.000 m2. La instalación de almacenamiento
propiamente dicha está compuesta por 2 losas de hormigón armado de categoría
sísmica, de unos 60 cm de espesor y dimensiones 40 x 11 m (440 m2 cada una). Estas

cve: BOE-A-2021-9907
Verificable en https://www.boe.es

– Fecha de solicitud.