III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-9906)
Resolución de 2 de junio de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del "Proyecto modernización del regadío en la Comunidad de Regantes del Canal de Pisuerga Sector G (Palencia)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 141

Lunes 14 de junio de 2021

c)

Sec. III. Pág. 72342

Características del potencial impacto:

En fase de construcción, los principales factores ambientales sobre los que el
proyecto puede producir impactos son suelo, agua, vegetación, fauna, paisaje, red
natura 2000, y patrimonio cultural. En general, se trata de impactos que podrían evitarse
o minimizarse si se toman las medidas preventivas y correctoras adecuadas.
En cuanto a la gestión de residuos, en el documento ambiental remitido inicialmente
se contempla la posibilidad de convertir en árido las infraestructuras de riego antiguas
coincidentes con la traza mediante una pequeña planta móvil de tratamiento, para poder
ser utilizado para reposiciones de firme de caminos afectados u otros fines. Con fecha 1
de julio de 2020 se solicita al promotor aclaración sobre si el proyecto incluye o no la
retirada de las infraestructuras de riego que queden en desuso, así como el tratamiento
que se dará a las mismas. En el documento ambiental subsanado remitido con
posterioridad se indica que la retirada de infraestructuras de riego antiguas está incluida
como unidad de obra en el proyecto de Concentración Parcelaria de los términos
municipales de Boadilla del Camino, Frómista y Santoyo (Palencia), que corresponde a
la Junta de Castilla y León, de modo que el hormigón procedente de las acequias, tras
pasar por una planta móvil, será utilizado como sub-base en los caminos de
concentración parcelaria, y que esta actuación se ejecutará en paralelo con las obras de
modernización del regadío, y adjunta un oficio de 20 de agosto de 2020 del Instituto
Tecnológico Agrario de Castilla y León en el que indica que así está reflejado en el
Estudio Técnico Previo. Esta solución resultaría adecuada para asegurar la reutilización
de los residuos generados con el desmantelamiento de las infraestructuras de riego que
queden en desuso, si bien su materialización exige asegurar la programación y ejecución
coordinada de los proyectos de modernización de regadío y de concentración parcelaria
que van a ser ejecutados por diferentes administraciones, de lo que no se han aportado
garantías. Dada la magnitud de la red de distribución de agua que se va a sustituir con la
modernización en toda la zona de riego, se considera necesario que queden asegurados
su desmantelamiento y su adecuada gestión aplicando los principios de jerarquía de
residuos y de economía circular.
Los impactos más significativos del proyecto en la fase de explotación se producirán
sobre el agua, tanto por el efecto del proyecto sobre las extracciones en la masa cedente
del recurso como por los retornos en las tres masas de agua receptoras, tanto en
cantidad como en calidad. La evaluación de estos impactos se requirió en la petición de
subsanación del Documento ambiental del 1 de julio de 2020.
Sin embargo, en su informe la Confederación Hidrográfica del Duero indica que en el
documento ambiental no se analiza la incidencia de la modernización sobre las
presiones actuales de las masas de agua afectadas.

La Confederación Hidrográfica del Duero considera necesario señalar la importancia
que tiene el mantenimiento de los cauces y sus riberas en estado natural, así como del
resto de elementos que integran el dominio público hidráulico. La rectificación y
modificación de los cauces, aunque se trate de cauces temporales, provocaría impactos
de importancia. Por lo anteriormente expuesto, informa desfavorablemente la
intercepción de cauces públicos o su modificación en cualquiera de sus dimensiones
espaciales, así como la eliminación de aquellos que en la actualidad actúen como
drenajes en la zona de actuación. Por lo tanto, la transformación en regadío se deberá
definir estableciendo las medidas necesarias para asegurar el trazado original de los
cauces, tanto en su dimensión longitudinal como en su sección.
La Confederación también indica que el proyecto debería contemplar la mejora de la
franqueabilidad del Azud de San Andrés en el que se ubica la toma del Canal del
Pisuerga que abastece a la comunidad de regantes, actualmente infranqueable para los
peces, en aplicación del artículo 22 de las Disposiciones Normativas del Plan Hidrológico
del Duero aprobadas por Real Decreto 1/2016, de 8 de enero.

cve: BOE-A-2021-9906
Verificable en https://www.boe.es

Efectos sobre la morfología y continuidad de los cauces: