III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Telecomunicaciones. (BOE-A-2021-9919)
Resolución de 16 de marzo de 2021, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, por la que se publican los requisitos técnicos de la interfaz radioeléctrica reglamentada IR-283 relativa a estaciones terrenas por satélite en 5850-7075 MHz.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 141

Lunes 14 de junio de 2021

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS
Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
9919

Resolución de 16 de marzo de 2021, de la Secretaría de Estado de
Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, por la que se publican los
requisitos técnicos de la interfaz radioeléctrica reglamentada IR-283 relativa a
estaciones terrenas por satélite en 5850-7075 MHz.

El artículo 16 del reglamento que establece el procedimiento para la evaluación de
conformidad de los aparatos de telecomunicaciones, aprobado por Real
Decreto 188/2016, de 6 de mayo, establece que la Secretaría de Estado de
Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, hoy en día Secretaría de
Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, publicará como resolución en
el «Boletín Oficial del Estado» las interfaces reglamentadas en España que hayan sido
notificadas a la Comisión Europea.
La presente resolución tiene como objeto la publicación de los requisitos técnicos de
la interfaz IR-283 relativa a estaciones terrenas por satélite en 5850-7075 MHz,
actualizadas con arreglo al Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias en vigor.
El cumplimiento de estos requisitos de interfaz es necesario para el uso de
estaciones terrenas por satélite en 5850-7075 MHz que operen en España, y no exime
del cumplimiento del resto de los requisitos establecidos en el mencionado Reglamento
que establece el procedimiento para la evaluación de conformidad de los aparatos de
telecomunicaciones.
Esta interfaz podrá ser revisada, de acuerdo con lo establecido en el Cuadro
Nacional de Atribución de Frecuencias en vigor, como consecuencia de nuevas
necesidades nacionales en cuanto al uso eficaz del espectro o bien como consecuencia
de tratados o acuerdos internacionales en los que España sea parte.
Esta disposición ha sido sometida al procedimiento de información en materia de
normas y reglamentaciones técnicas y de reglamentos relativos a los servicios de la
sociedad de la información, previsto en la Directiva (UE) 2015/1535 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 9 de septiembre.
De acuerdo con lo anterior y en uso de la competencia que el artículo 16 del
Reglamento que establece el procedimiento para la evaluación de conformidad de los
aparatos de telecomunicaciones atribuye a esta Secretaría de Estado de
Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, resuelvo:
1. Publicar los requisitos de la interfaz reglamentada IR-283, que se relaciona en el
anexo a esta resolución.

Madrid, 16 de marzo de 2021.–El Secretario de Estado de Telecomunicaciones e
Infraestructuras Digitales, P.D. (Orden IET/556/2012, de 15 de marzo), el Subdirector
General de Operadores de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, Pedro Luis
Alonso Manjón.

cve: BOE-A-2021-9919
Verificable en https://www.boe.es

IR-283 Estaciones terrenas por satélite en 5850-7075 MHz.