III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Deuda del Estado. (BOE-A-2021-9912)
Resolución de 11 de junio de 2021, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se disponen determinadas emisiones de Bonos y Obligaciones del Estado en el mes de junio de 2021 y se convocan las correspondientes subastas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 14 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 72384

2.2 El primer cupón a pagar será, por su importe completo, el 31 de mayo de 2022
en los Bonos a tres años al 0,00 por 100. En las Obligaciones a quince años al 0,85
por 100, el primer cupón a pagar será el 30 de julio de 2021, por un importe de 0,235205
por 100, según se estable en la Orden ETD/355/2021, de 14 de abril y en las
Obligaciones a siete años al 0,00 por 100, el primer cupón a pagar será el 31 de enero
de 2022, por un importe de 0,000000 por 100, según se establece en la Resolución
de 12 de marzo de 2021.
2.3 De conformidad con lo previsto en el número 2 de la Orden de 19 de junio
de 1997, los Bonos y Obligaciones que se emiten tienen la calificación de Bonos
segregables. No obstante, para el inicio de las operaciones de segregación y
reconstitución en las tres referencias que se emiten, la autorización deberá aprobarse
por la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional.
3. Las subastas tendrán lugar el próximo 17 de junio de 2021, conforme al
calendario hecho público en el apartado 1 de la Resolución de 25 de enero de 2021, y el
precio de las peticiones competitivas que se presenten a las subastas se consignará en
tanto por ciento con dos decimales, el segundo de los cuales podrá ser cualquier número
entre el cero y el nueve, ambos incluidos, y se formulará excupón. A este respecto, el
cupón corrido de los valores que se ponen en oferta, calculado de la forma que se
establece en el artículo 14.2 de la Orden ETD/27/2021, de 15 de enero, es el 0,00
por 100 en los Bonos a tres años al 0,00 por 100, el 0,00 por 100 en las Obligaciones a
siete años al 0,00 por 100 y el 0,15 por 100 en las Obligaciones a quince años al 0,85
por 100.
4. Las segundas vueltas de las subastas convocadas mediante esta Resolución, a
las que tendrán acceso en exclusiva los Creadores de Mercado que actúan en el ámbito
de los Bonos y Obligaciones del Estado, se desarrollarán entre la resolución de las
subastas y las doce horas del día hábil anterior al de puesta en circulación de los valores
y serán adjudicadas al precio marginal resultante de la fase de subasta, conforme a la
normativa reguladora de estas entidades.
5. Los valores que se emitan en estas subastas se pondrán en circulación el día 22
de junio de 2021, fecha de desembolso y adeudo en cuenta fijada para los titulares de
cuentas en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y
Liquidación de Valores, S.A. Unipersonal, y se admitirán de oficio a negociación en AIAF
Mercado de Renta Fija. Además, estos valores se agregarán, en cada caso, a las
emisiones reseñadas en el apartado 2 anterior, teniendo la consideración de ampliación
de aquéllas, con las que se gestionarán como una única emisión a partir de su puesta en
circulación.
6. En el anexo de la presente Resolución, y con carácter informativo a efectos de la
participación en las subastas, se incluyen tablas de equivalencia entre precios y
rendimientos de los Bonos y Obligaciones del Estado cuya emisión se dispone,
calculadas de acuerdo con lo previsto en el artículo 14.2 de la Orden ETD/27/2021,
de 15 de enero.
Madrid, 11 de junio de 2021.–El Director General del Tesoro y Política Financiera,
P.S. (Real Decreto 403/2020, de 25 de febrero), el Subdirector General de Gestión de la
Deuda Pública, Álvaro López Barceló.
cve: BOE-A-2021-9912
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Núm. 141