III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2021-9806)
Resolución de 9 de junio de 2021, de la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación, por la que se publica la Adenda del Convenio con el Gobierno de Canarias, para el mantenimiento del programa de conservación del olmo europeo en las parcelas implantadas en Canarias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 140

Sábado 12 de junio de 2021

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Las partes se reconocen respectivamente competencia y capacidad para la firma de
la presente adenda modificativa del citado convenio y en su virtud,
EXPONEN
Primero.
El 27 de noviembre de 2018, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y el
Gobierno de Canarias suscribieron el Convenio interadministrativo entre el Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación y la Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y
Seguridad del Gobierno de Canarias para el mantenimiento del programa de
conservación del olmo europeo en las parcelas implantadas en Canarias y se procedió a
su publicación en el «Boletín Oficial de Estado» el 18 de diciembre de 2018.
Segundo.
Transcurridas dos anualidades de ejecución del Convenio, en la tercera reunión de
su Comité Bilateral de Seguimiento, las partes consideran oportuno la tramitación de
esta adenda modificativa con objeto de plasmar las modificaciones producidas en los
trabajos del Convenio debido a la imposibilidad de recolección de las semillas de olmos
durante los meses pertinentes por la limitación de circulación de los ciudadanos durante
el pasado Estado de Alarma implantado por la alerta sanitaria producida por el
coronavirus SARS-CoV-2.
Tercero.
Estas modificaciones de los trabajos que se tendrán que ejecutar en un año distinto
al programado, conllevan una redistribución del presupuesto en las distintas anualidades
por parte de la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación (en
adelante DGBByD) encargada de realizar los trabajos de recolección de semillas que no
se han podido ejecutar, sin cambiar la cantidad total de aportación financiera máxima
prevista.

Se pretende modificar los nombres de las entidades y órganos citados en el convenio
para adaptarlos a las actuales denominaciones oficiales.
En este sentido, la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio
Climático y Planificación Territorial asume las competencias que tenía atribuidas la
Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad, salvo las relativas a
seguridad y emergencias, en virtud del Decreto 119/2019, del 16 de julio, del Presidente,
por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías.
Asimismo, la nueva Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación
del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico asume las
competencias en Politica Forestal que antes estaban atribuidas a la extinta Dirección
General de Desarrollo Rural, Innovación y Política Forestal del Ministerio de Agricultura,
Pesca y Alimentación según consta en el Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el
que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de
enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos
ministeriales.
Por lo anteriormente expuesto y conforme a lo dispuesto en el Capítulo VI del Título
Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,

cve: BOE-A-2021-9806
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Cuarto.