III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2021-9810)
Resolución de 4 de junio de 2021, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad de Alcalá, para el desarrollo de programas de máster universitario, prácticas académicas externas y trabajos fin de máster.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 140

Sábado 12 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 71977

Segundo.
Por otra parte, el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se
establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, modificado por el
Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, dispone en su artículo 10.1 que las enseñanzas de
Máster tienen como finalidad la adquisición por el/la estudiante de una formación
avanzada, de carácter especializado o multidisciplinar, orientada a la especialización
académica o profesional, o bien a promover la iniciación en tareas investigadoras.
El artículo 15 del citado real decreto, prevé que los planes de estudios conducentes a
la obtención del Máster Universitario contendrán toda la formación teórica y práctica que
el/la estudiante deba adquirir: materias obligatorias, materias optativas, seminarios,
prácticas externas, trabajos dirigidos, trabajo de fin de Máster, actividades de evaluación,
y otras que resulten necesarias según las características propias de cada título,
previéndose que «estas enseñanzas concluirán con la elaboración y defensa pública de
un trabajo de fin de máster».
Tercero.
El Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas
académicas externas de los estudiantes universitarios, establece dos modalidades de
prácticas externas; las curriculares (que se configuran como actividades académicas
integrantes del Plan de Estudios de que se trate) y las extracurriculares (aquellas que los
estudiantes podrán realizar con carácter voluntario durante su periodo de formación y
que, aun teniendo los mismos fines que las prácticas curriculares, no forman parte del
correspondiente Plan de Estudios).
El artículo 7 de dicho real decreto prevé que para la realización de las prácticas
externas «las universidades o, en su caso, las entidades gestoras de prácticas a ellas
vinculadas, suscribirán Convenios de Cooperación Educativa con las entidades
colaboradoras, entre las que se incluyen las empresas, instituciones y entidades públicas
y privadas en el ámbito nacional e internacional. En dicho artículo se regula el contenido
de dichos convenios.

Que el CSIC, con sede en Madrid, calle de Serrano, 117, CP 28006 y
NIF Q-2818002-D,de conformidad con el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de
la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, es un organismo público de investigación (OPI),
adscrito al Ministerio de Ciencia e Innovación, a través de la Secretaría General de
Investigación, que tiene por objeto el fomento, la coordinación, el desarrollo y la difusión
de la investigación científica y tecnológica, de carácter multidisciplinar, con el fin de
contribuir al avance del conocimiento y al desarrollo económico, social y cultural, así
como a la formación de personal y al asesoramiento a entidades públicas y privadas en
estas materias.
El CSIC está constituido como agencia estatal y, en dicha condición, se rige por lo
establecido en los artículos 108 bis y 108 –sexies introducidos por la Ley 11/2020, de 30
de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2021–, de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Además, se rige por las
disposiciones de su Estatuto aprobado por Real Decreto 1730/2007, de 21 de diciembre
(modificado por el Real Decreto 202/2021, de 30 de marzo, BOE número 77 de 31 de
marzo de 2021), que en su artículo 5, recoge entre sus funciones, formar personal
científico, técnico y de gestión de la ciencia y la tecnología, así como colaborar con las
universidades en la investigación científica y tecnológica y en las enseñanzas
especializadas y de postgrado, dentro de las que se encuadra el objeto del presente
convenio.

cve: BOE-A-2021-9810
Verificable en https://www.boe.es

Cuarto.