II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DEL INTERIOR. Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias. (BOE-A-2021-9735)
Resolución de 4 de junio de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para la estabilización de empleo temporal en el Cuerpo Ayudantes de Instituciones Penitenciarias.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 11 de junio de 2021
Sec. II.B. Pág. 71393
ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas
selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen
(Modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares:
En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro correspondiente a Ministerio, los
aspirantes consignarán: «Interior».
En el recuadro relativo a centro gestor, se hará constar: «Secretaría General de
Instituciones Penitenciarias».
En el recuadro relativo a la tasa de derechos de examen, en el recuadro destinado a
código, se hará constar 001.
En el recuadro 15 «Cuerpo, Escala», se hará constar Cuerpo de Ayudantes de
Instituciones Penitenciarias.
En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará la letra «E», proceso de
estabilización.
En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará:
«Subsecretaría de Interior».
En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que
haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid».
En el recuadro 21, «Grado Discapacidad», los aspirantes con discapacidad podrán
indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en
el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los
ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
En el recuadro 26, «Títulos académicos oficiales», se consignará la titulación que se
posee para participar en estas pruebas, en virtud de lo señalado en la base 4 de esta
convocatoria.
El importe de la tasa por derechos de examen será de 15,42 €. Para los miembros de
familias numerosas de categoría general, la tasa por derecho de examen será de 7,71 €.
El importe del ingreso se realizará en los términos previstos en la Orden
HAC/729/2003, de 28 de marzo, del Ministerio de Hacienda, por la que se establecen los
supuestos y condiciones generales para el pago por vía telemática de las tasas que
constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos
Públicos, así como en sus resoluciones de desarrollo.
De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 8/1989, de 13 de abril,
de Tasas y Precios Públicos, procederá la devolución de tasas por derechos de examen
cuando no se realice su hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo. Por
tanto no procederá devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de
exclusión de las pruebas selectivas por causas imputables al interesado.
En el caso de que no sea posible realizar la inscripción electrónica por los aspirantes
que la cursen en el extranjero, éstos podrán presentarla en las representaciones
diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el
comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta
corriente número 0182/2458/10/0200006043 (IBAN: ES10, código BIC: BBVAESMMXXX)
del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria. Oficina Institucional, título de cuenta «Tesoro
Público. Ministerio del Interior. Tasas recaudadas en el extranjero». El ingreso podrá
efectuarse directamente en cualquier oficina del BBVA, mediante transferencia desde
cualquier entidad bancaria.
Las solicitudes se dirigirán a la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias,
C/ Alcalá 38, 28014 Madrid.
cve: BOE-A-2021-9735
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 139
Viernes 11 de junio de 2021
Sec. II.B. Pág. 71393
ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas
selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen
(Modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares:
En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro correspondiente a Ministerio, los
aspirantes consignarán: «Interior».
En el recuadro relativo a centro gestor, se hará constar: «Secretaría General de
Instituciones Penitenciarias».
En el recuadro relativo a la tasa de derechos de examen, en el recuadro destinado a
código, se hará constar 001.
En el recuadro 15 «Cuerpo, Escala», se hará constar Cuerpo de Ayudantes de
Instituciones Penitenciarias.
En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará la letra «E», proceso de
estabilización.
En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará:
«Subsecretaría de Interior».
En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que
haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid».
En el recuadro 21, «Grado Discapacidad», los aspirantes con discapacidad podrán
indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en
el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los
ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
En el recuadro 26, «Títulos académicos oficiales», se consignará la titulación que se
posee para participar en estas pruebas, en virtud de lo señalado en la base 4 de esta
convocatoria.
El importe de la tasa por derechos de examen será de 15,42 €. Para los miembros de
familias numerosas de categoría general, la tasa por derecho de examen será de 7,71 €.
El importe del ingreso se realizará en los términos previstos en la Orden
HAC/729/2003, de 28 de marzo, del Ministerio de Hacienda, por la que se establecen los
supuestos y condiciones generales para el pago por vía telemática de las tasas que
constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos
Públicos, así como en sus resoluciones de desarrollo.
De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 8/1989, de 13 de abril,
de Tasas y Precios Públicos, procederá la devolución de tasas por derechos de examen
cuando no se realice su hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo. Por
tanto no procederá devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de
exclusión de las pruebas selectivas por causas imputables al interesado.
En el caso de que no sea posible realizar la inscripción electrónica por los aspirantes
que la cursen en el extranjero, éstos podrán presentarla en las representaciones
diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el
comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta
corriente número 0182/2458/10/0200006043 (IBAN: ES10, código BIC: BBVAESMMXXX)
del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria. Oficina Institucional, título de cuenta «Tesoro
Público. Ministerio del Interior. Tasas recaudadas en el extranjero». El ingreso podrá
efectuarse directamente en cualquier oficina del BBVA, mediante transferencia desde
cualquier entidad bancaria.
Las solicitudes se dirigirán a la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias,
C/ Alcalá 38, 28014 Madrid.
cve: BOE-A-2021-9735
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 139